Aunque suene a frase hecha, las clínicas jurídicas han llegado a las Facultades españolas de Derecho, de Ciencias Sociales y Jurídicas o afines, para quedarse. El número de centros universitarios y de grados y posgrados de temática jurídica que han puesto en marcha un proyecto (de innovación) docente basado en la enseñanza legal clínica es cada vez mayor. En la red española de clínicas jurídicas ya hay registradas más de 20 proyectos. Sólo por este hecho ya merece la pena pararse a reflexionar sobre qué puede aportar este tipo de enseñanza a los/as estudiantes y a las/os profesores de Derecho, a la Universidad como institución, a la propia abogacía y, en general, a la sociedad, que en última instancia es quien se beneficia del servicio prestado y de la transferencia de conocimiento.

Cabe señalar, en primer lugar, que el marco pedagógico de las clínicas jurídicas es el del Aprendizaje-Servicio (ApS) al estar entre sus objetivos la adquisición de conocimientos y competencias con su aplicación práctica para la mejor realización de un servicio útil a la comunidad (Puig 2007: 11). En el caso de las clínicas jurídicas, ese servicio consiste en facilitar el acceso a la justicia a las personas que, por lo general, pertenecen a grupos en situación de vulnerabilidad o a las asociaciones que representan sus intereses (García Añón 2014: 155). El acceso a la justicia se concreta mediante la alfabetización legal, proporcionando información sobre el contenido de los derechos, el acceso a prestaciones sociales o asistenciales y las posibles vías de reclamación a nivel administrativo y jurisdiccional. Eso que Richard Susskind llamaría legal health promotion (2017: 95). 

Esta tarea de alfabetización legal tiene un hondo calado de transformación social pues trata de conseguir que las personas, en especial aquellas que sufren múltiples discriminaciones y se enfrentan a barreras, ya sean institucionales, normativas o actitudinales que les impiden disfrutar de sus derechos en igualdad de condiciones, sientan como propios esos derechos y libertades que tienen reconocidos en el sistema jurídico. Esta herramienta que posibilita el acceso a la justicia contribuye a la construcción de una sociedad con mayor justicia social.

El aprendizaje legal clínico permite que los/as estudiantes de Derecho adquieran conocimientos jurídicos y desarrollen habilidades profesionales, muchas veces no incluidos ni unos ni otras en los planes de estudio convencionales, y también permite que formen su pensamiento crítico sobre el sistema jurídico y fortalezcan el compromiso social y la responsabilidad cívica. Las clínicas jurídicas pueden actuar como un laboratorio que les capacite para saber qué reformas legislativas pueden ser pertinentes, convirtiéndose en operadores jurídicos útiles para resolver problemas que surgen de la experiencia jurídica, conectando la labor y experiencias de los teóricos, los prácticos y los simples usuarios del Derecho (Atienza 1984: 31-34). En las clínicas jurídicas puede desarrollarse una formación jurídica integral que vaya más allá de la simple preparación técnica para el ejercicio profesional, enseñando a las y los estudiantes el valor de la discusión racional y la reflexión crítica sobre el Derecho. El trabajo con consultas reales, con la adecuada supervisión del personal docente y/o de profesionales de la abogacía y con la participación de agentes del tercer sector, permite comprobar las disfuncionalidades, en términos de justicia o de respeto de los derechos humanos, que están presentes en el sistema jurídico vigente. 

Desde la perspectiva de la Universidad como institución, las clínicas jurídicas permiten desarrollar la función social, con la que completar las funciones docente e investigadora que tradicionalmente se le han encomendado. Las Universidades, en especial las públicas, con sus Facultades de Derecho a la cabeza, no pueden ser ni inaccesibles torres de marfil ni veletas que giran al socaire de los intereses mercadotécnicos; deben encontrar un punto de equilibrio, de tal forma que permita transferir el conocimiento científico-técnico que genera para resolver problemas que afectan a la sociedad. En el espacio de las ciencias jurídicas los ejemplos se multiplican, más en tiempos de crisis económica y de salud pública. Cuando una misma consulta se repite decenas de veces se puede estar ante una situación que esconda una discriminación o una limitación excesiva de un derecho, un problema interpretativo de las normas jurídicas aplicables, o una falta de eficacia de los mecanismos de garantía de los derechos.

El personal docente e investigador de las Facultades jurídicas puede redimensionar tanto su docencia como su investigación, basándolas en los problemas de la comunidad, obteniendo de esa manera una vía para transferir el conocimiento jurídico. Esto no supone, en absoluto, abandonar la reflexión teórica sino incorporar una nueva pieza que complementa a las clases prácticas, las simulaciones o las competiciones jurídicas. A través de la enseñanza legal clínica, se asume la responsabilidad de que las y los estudiantes sean conscientes de que deben aplicar los conocimientos adquiridos con un espíritu crítico y humanista; una formación que es la base de una sociedad más justa, solidaria y, en última instancia, sostenible (Marquès i Banqué 2015: 4). 

Por último, las clínicas jurídicas permiten transformar el modelo dominante de abogacía, en un momento en el que, como advierte Richard Susskind, en las próximas dos décadas se van a producir grandes cambios. Las clínicas jurídicas responden al interrogante sobre qué tipo de jurista se desea formar en las Facultades de Derecho.

Por lo tanto, en las clínicas jurídicas se conjugan, por un lado, una pedagogía de enseñanza del Derecho a través de la práctica a través de casos reales y, por otro, un programa de acción y una filosofía basada en la justicia social al ocuparse de asuntos reales de interés social, a través de los cuales pretende conseguir una sociedad más igualitaria. Se produce una simbiosis entre la función social y la función educativa que se manifiesta con la mejora de los conocimientos adquiridos por parte de los y las estudiantes universitarios mediante una práctica interactiva entre la Universidad, las entidades sociales y públicas y los sectores sociales en situación o riesgo de exclusión (Madrid 2008: 99). Como subraya Stephen Winzer (2001: 1934-5), esa simbiosis incide en el proceso de aprendizaje al sacar a los y las estudiantes del aula para lanzarlos hacia el mundo real del Derecho, lo cual les permite observar el funcionamiento y el mal funcionamiento del sistema legal. Desde el momento en que las y los estudiantes son conscientes de que el acceso a la justicia del cliente depende de su trabajo, se produce un sentido de responsabilidad no solo hacia esa persona sino también hacia su propia formación como profesionales del Derecho comprometidos con la justicia social. De esta manera se consigue que tomen parte activa en su proceso de aprendizaje, que «asuman un grado de control sobre su propia educación y vean el Derecho en su contexto real. El aprendizaje a través de la experiencia expone a los estudiantes a escenarios reales o realistas en los que se pueden estudiar tanto conceptos básicos como normas sustantivas. Al mismo tiempo, los estudiantes pueden abordar las cuestiones prácticas, políticas y éticas que se encuentran alrededor de un determinado problema» (Grimes 2014: 36).

En definitiva, las clínicas legales constituyen un marco idóneo para desarrollar un modelo educativo basado en el contacto con la realidad, dirigida al desarrollo de habilidades profesionales, en el que se utilizan métodos de enseñanza activa, centrado en la autonomía de los y las estudiantes y la supervisión académica, y que favorecen además la formación en valores, y especialmente una concepción socialmente responsable del profesional del Derecho al tiempo que la Universidad cumple con su función social y se contribuye a la construcción de una sociedad más igualitaria e inclusiva.


Cita recomendada: Miguel Ángel Ramiro Avilés, «¿Qué pueden aportar las clínicas jurídicas a las Facultades de Derecho?», IberICONnect, 16 de junio de 2021. Disponible en: https://www.ibericonnect.blog/2021/06/que-pueden-aportar-las-clinicas-juridicas-a-las-facultades-de-derecho/

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