Foto: ONU Perú

Un contexto adverso para el reconocimiento de los derechos LGBTIQ+

Asegurar la protección de las personas con orientación sexual e identidad de género diversas es una tarea progresiva. En el Perú, organizaciones de la sociedad civil y colectivos han impulsado avances importantes. Entre ellos, destacan dos sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos (Corte IDH), en el Caso Azul Rojas Marín y otra y el Caso Olivera Fuentes, que condenaron al Estado por no respetar y garantizar los derechos de estas personas según los estándares interamericanos.

Pese a los esfuerzos, es posible sostener que aún no se ha consolidado un ambiente propicio que favorezca reformas legales y transformaciones sociales duraderas en favor de la población LGBTIQ+ en el país. Según una encuesta del Instituto Nacional de Estadística e Informática de 2017, el 72.5% de quienes participaron manifestó temor a expresar su orientación sexual o identidad de género por miedo a sufrir discriminación o violencia.

Entre el 2020 y el 2023, al menos 54 integrantes de la comunidad LGBTIQ+ fueron asesinados. Un estudio de 2024 identificó que el 34% de las personas encuestadas fue víctima de violencia verbal o psicológica. Esta exclusión estructural refleja también una falta de reconocimiento legal y social. De acuerdo con una reciente encuesta de Ipsos, menos de un cuarto de la población está a favor del matrimonio entre personas del mismo sexo, y un 67% considera que no deberían tener hijas, hijos o adoptar. 

El marco normativo nacional para las personas LGBTIQ+ tampoco es favorable. En el Perú, no existe reconocimiento legal para parejas del mismo sexo, ni a través del matrimonio ni de las uniones civiles. Tampoco existe un procedimiento administrativo que facilite el cambio de nombre y género en los documentos de identidad, lo que obliga a las personas a acudir a la vía judicial que es muchas veces inaccesible y costosa. Las identidades no binarias no son reconocidas legalmente.

Además, no se han implementado políticas públicas integrales que promuevan y posibiliten el acceso de las personas LGBTIQ+ a la identidad, la salud, la educación, el trabajo, la justicia y una vida libre de violencia y discriminación. Por ejemplo, aunque existe una ley contra la violencia en las instituciones educativas, esta no menciona la orientación sexual ni la identidad o expresión de género como causas del acoso escolar.  

 

Un vacío que también gobierna: normas, discursos y exclusión LGBTIQ+

El gobierno actual, liderado por Dina Boluarte, no ha mostrado intenciones de avanzar en la protección de la población LGBTIQ+ y ha protagonizado retrocesos significativos. Dos ejemplos son particularmente ilustrativos. En mayo de 2024, se publicó un decreto supremo que calificó a la transexualidad, el travestismo y el trastorno de la identidad de género como enfermedades mentales. Esta medida patologizó las identidades trans y no binarias y reforzó prejuicios contra esta población, en lugar de sumar esfuerzos por garantizar su protección. La medida motivó marchas que exigieron su derogación, y el decreto fue luego parcialmente modificado.

En mayo de este año, el Congreso peruano aprobó una ley que prohíbe a las personas trans y no binarias acceder a los baños públicos que se correspondan con su identidad de género, bajo el argumento proteger la indemnidad sexual de niñas, niños y adolescentes. Esta norma atenta contra el derecho a la identidad de género y a elegir un espacio seguro en libertad, además de ser abiertamente discriminatoria. Para muchas personas trans y no binarias, acceder a un baño público puede generar malestar, ansiedad o temor a ser cuestionadas, señaladas o incluso violentadas. La norma desconoce esa realidad, refuerza prejuicios que presentan estas identidades como una amenaza y legitima su exclusión de los espacios públicos.

La ausencia de protección de los derechos LGBTIQ+ también se refleja en el discurso público. Este año, ninguna institución pública se pronunció públicamente por el Día del Orgullo. Si bien en años anteriores el apoyo también había sido limitado, hubo algunas excepciones, como el Ministerio de la Mujer o la Defensoría del Pueblo, lo que refuerza la idea de la falta de un Estado que promueva el respeto por la diversidad sexual y de género. El silencio en una fecha clave para la visibilidad, la celebración de las identidades LGBTIQ+ y la reivindicación de sus derechos refuerza una narrativa oficial que desconoce sus demandas y legitima su exclusión.

En Lima, la Marcha del Orgullo no contó con apoyo institucional por parte de la alcaldía metropolitana, la cual demoró en autorizar su realización y solo respondió días antes del evento, luego de que el colectivo organizador presentara una queja pública en las instalaciones del Congreso de la República. Además, la Municipalidad de Jesús María, un distrito limeño de la capital donde se iba a instalar el escenario principal, bloqueó el uso del espacio pese a que ya se contaba con la autorización correspondiente. 

 

Estándares internacionales y desafíos pre-electorales

La reivindicación de los derechos LGBTIQ+ es un componente clave del Estado de Derecho. Su inclusión en la agenda política del Estado responde a obligaciones internacionales vigentes. El marco normativo de protección a personas LGBTIQ+ es amplio y abarca muchas más dimensiones de las que puedo abordar en este artículo. Solo por citar algunos ejemplos:

 

  1. En su Opinión Consultiva 24 de noviembre de 2017, la Corte Interamericana afirmó que la orientación sexual, la identidad y la expresión de género son categorías protegidas por el principio de no discriminación, lo que obliga a los Estados a adoptar medidas legislativas, administrativas y judiciales para garantizar su ejercicio en condiciones de igualdad.
  2. En casos contenciosos como Azul Rojas Marín y otra vs. Perú y Vicky Hernández y otras vs. Honduras, la Corte ha destacado la necesidad de que los Estados diseñen políticas públicas para erradicar la violencia y la discriminación contra las personas LGBTIQ+.
  3. En el caso Olivera Fuentes contra Perú, subrayó la obligación de regular, monitorear y fiscalizar al sector privado para eliminar prácticas discriminatorias por motivos de orientación sexual e identidad de género.
  4. Y, en su Opinión Consultiva 29, estableció que los Estados deben adoptar políticas públicas con enfoque diferenciado, por ejemplo, en contextos de privación de libertad.

En cualquier caso, los marcos normativos internacionales en derechos humanos no se traducen en garantías reales sin decisión política y compromiso sostenido. Para lograr cambios estructurales que permitan que las personas LGBTIQ+ gocen de una protección legal adecuada, es fundamental que la igualdad y la no discriminación sean principios institucionales del Estado que no dependan de los gobiernos de turno. Esto exige voluntad política, tanto de quienes hoy están en el poder como de quienes aspiran a gobernar, para colocar los derechos de la población LGBTIQ+ de forma transversal en sus agendas políticas. Este proceso transformativo también requiere de una ciudadanía activa que participe en los asuntos públicos de manera informada y que exija a quienes la representan la implementación de políticas públicas inclusivas.

El próximo año se celebrarán elecciones generales en el Perú para elegir un nuevo presidente y representantes en el Congreso, y será una oportunidad clave para discutir sobre el lugar que ocupan los derechos de las personas LGBTIQ+ en el debate público. Reconocer la exclusión y discriminación histórica que ha enfrentado esta población es una condición mínima para avanzar hacia un Estado que garantice derechos en igualdad. De lo contrario, los derechos de las personas LGBTIQ+ seguirán peligrosamente excluidos de la agenda política. 


Cita recomendada: Lore Vilchez, «Ni política, ni prioridad: la exclusión institucional de la población LGBTIQ en el Perú actual», IberICONnect, 10 de septiembre de 2025. Disponible en: https://www.ibericonnect.blog/2025/09/ni-politica-ni-prioridad-la-exclusion-institucional-de-la-poblacion-lgbtiq-en-el-peru-actual/

 

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