
Frederick Schauer (2008) afirmaba que la Primera Enmienda de la Constitución estadounidense tiene una “estructura Hohfeliana”, esto es, que se trata de un derecho frente al gobierno y sólo frente al gobierno. Únicamente en circunstancias excepcionales incluye un derecho de protección frente a las actividades de terceros. Esta comprensión de la libertad de expresión como una libertad negativa frente al Estado, acompañada de excepciones puntuales (no importa cuántas), sería la base del modelo estadounidense, apuntalada por los principios de desconfianza en el gobierno, absoluta neutralidad estatal, no redistribución y una estricta distinción entre público y privado (Ammori, 2012). Hasta mediados […]