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¿Qué está pasando en las cortes y tribunales constitucionales?

  1. Corte Constitucional de Colombia reafirmó que el consentimiento para difundir contenido íntimo puede ser retirado en cualquier momento y que dicha decisión debe ser respetada plenamente. El pronunciamiento se dio en el marco de una acción de tutela, en la que un hombre y una mujer acordaron verbalmente crear contenido íntimo para redes sociales, bajo la condición de que las producciones solo estuvieran disponibles fuera de Colombia. Sin embargo, el hombre publicó los videos en plataformas de contenido para adultos sin restringir el acceso en el país. Tras la denuncia, se comprometió a eliminarlos, pero no cumplió. La Corte resolvió el caso con perspectiva de género y advirtió que la difusión no consentida de imágenes íntimas constituye una forma de violencia digital y sexual que cosifica a las mujeres, las reduce como objetos del mercado o del placer y desconoce su autonomía.
  2. El Supremo Tribunal Federal de Brasil llamó la atención en que, no obstante haber declarado la inconstitucionalidad de la norma sobre el reparto del Fondo de Participación de los Estados, durante 16 años no se ha adoptado una decisión legislativa para sanear los vicios anteriormente señalados por esa Corte. De esa manera, estableció un término final improrrogable para la adopción de la decisión (30 de junio de 2027) y, en caso de incumplimiento, ordenó que de forma subsidiaria y automática se aplique coeficientes basados en población y renta. Lo anterior, con el fin de garantizar la eficacia de la decisión adoptada y lograr un equilibrio del pacto federativo.
  3. La Corte Constitucional del Ecuador declaró la constitucionalidad de la suspensión del derecho a la libertad de tránsito desde el 03 hasta el 18 de mayo de 2026, en la franja horaria comprendida entre las 23h00 y las 05h00, en varias provincias del Ecuador. Esta medida fue implementada mediante el decreto ejecutivo 370, en el marco del estado de excepción por grave conmoción interna declarado previamente mediante el decreto ejecutivo 353. En el control material de la medida, la Corte condicionó su constitucionalidad a que su implementación esté acompañada de las garantías necesarias para permitir a la Defensoría del Pueblo, en coordinación con la fuerza pública, monitorear las operaciones llevadas a cabo durante la vigencia del estado de excepción. Por otro lado, declaró la inconstitucionalidad de la medida en un cantón específico, al constatarse que los hechos calificados como de real ocurrencia no configuraban la causal de grave conmoción interna. Finalmente, la Corte recordó que, durante los periodos de suspensión del derecho a la libertad de tránsito, no se podrá impedir a los medios de comunicación y a las organizaciones internacionales que desempeñen su trabajo de conformidad con sus fines institucionales.
  4. La Corte Suprema de Justicia de la Nación de México ordenó juzgar con perspectiva de género en un proceso relacionado a deudas entre conyugues y la ejecución de un pagaré. En un caso un caso en el que una mujer fue demandada por su entonces esposo para exigir el pago de un pagaré por cinco millones de pesos, firmado el mismo día en que contrajeron matrimonio. En el caso, la mujer sostuvo que, antes de casarse, por indicación de una socia y abogada de su entonces prometido, firmó varios documentos en blanco bajo presión psicológica y como condición para celebrar la boda, entre ellos un pagaré. Posteriormente, este fue utilizado en su contra cuando inició el proceso de divorcio, después de que ella denunciara violencia familiar. El máximo tribunal federal sostuvo que las instancias anteriores omitieron analizar el asunto con perspectiva de género, pese a los indicios de un posible contexto de violencia alegado por la mujer. La Corte sostuvo que tratándose de una controversia entre personas que estuvieron casadas y en la que existen alegatos de violencia, presión psicológica y control, el órgano jurisdiccional debía aplicar la metodología para juzgar con perspectiva de género. Ello implica analizar el contexto completo de la relación, cuestionar los hechos aparentemente neutrales y, de ser necesario, recabar pruebas de oficio para esclarecer si la firma del pagaré ocurrió en un contexto de violencia o subordinación.
  5. La Corte Suprema de Justicia de la Nación de México confirmó la validez constitucional del tipo administrativo de “abuso de funciones” contenido en la Ley de Responsabilidades Administrativas de la Ciudad de México. El tipo administrativo de abuso de funciones sanciona a la persona servidora pública que, con motivo del cargo, puesto o comisión que desempeña realiza o induzca a la realización de actos u omisiones que generen un beneficio para sí, para determinados familiares o personas con quien tenga relación, o bien, para causar perjuicio a alguna persona o al servicio público. El caso concreto se originó en un procedimiento administrativo sancionador en contra del director general del Instituto de Vivienda de la Ciudad de México. El Tribunal de Justicia Administrativa resolvió que era administrativamente responsable por la conducta atribuida, por lo que le impuso como sanciones la inhabilitación temporal para desempeñar cargos públicos por un periodo de 10 años y la reparación del daño causado a la hacienda pública. El máximo tribunal federal sostuvo que el destinatario del artículo impugnado no es cualquier persona, sino que va dirigido exclusivamente a funcionarios públicos, quienes deben conocer los ordenamientos jurídicos que regulan su actuación, por lo que no existe margen de incertidumbre. De esta forma, el Pleno de la Corte concluyó que la expresión “perjuicio al servicio público” contenida en el tipo sancionatorio, debe ser entendida caso por caso, atendiendo a la dependencia de la que forme parte la persona servidora pública de que se trate y a las funciones que tiene encomendadas derivadas del empleo, puesto o comisión que desempeñe, por lo que debe comprender con claridad cuáles son las obligaciones y prohibiciones inherentes al cargo que desempeñe.
  6. El Tribunal Constitucional de Perú declaró fundada la demanda de la Pontificia Universidad Católica del Perú contra el Colegio de Ingenieros del Perú, respecto de una exigencia de esta última institución que exigía a los ingenieros titulados, para obtener la matriculación y habilitación profesional, adjuntar el acta de titulación de su jurado, quienes debían estar colegiados y habilitados. El TC entendió que dicha disposición vulneraba los derechos constitucionales a la autonomía universitaria, la libertad de enseñanza y la libertad de cátedra, reconocida en el artículo 18 de la Constitución Política del Perú.
  7. La Corte Interamericana de Derechos Humanos, declaró la responsabilidad internacional de la República del Perú por la violación de los derechos a las garantías judiciales, protección judicial, trabajo e integridad personal de César Bravo Garvich, Ernesto Yovera Álvarez y Gloria Cahua Ríos, extrabajadores de la Empresa Nacional de Puertos (en adelante “ENAPU”). La Corte concluyó que, tras sus ceses en febrero de 1996, no contaron con una respuesta judicial efectiva, pues los órganos internos no analizaron sustantivamente sus reclamos y el recurso ante el Tribunal Constitucional careció de efectividad en un contexto de afectación a su independencia e imparcialidad. Asimismo, determinó que esta falta de tutela judicial impactó en su derecho al trabajo y, por la prolongación de sus efectos, comprometió su integridad personal y proyecto de vida.
  8. El Pleno del Tribunal Constitucional español, admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Presidente del Gobierno y suspende la Ley 1/2026 de derogación de la Ley de memoria y reconocimiento democráticos de Illes Balears. El Tribunal, tras haber invocado el Gobierno en su demanda el artículo 161.2 de la Constitución, ha acordado suspender la vigencia y aplicación de la ley impugnada, desde la fecha de interposición del recurso (9 de junio de 2026) para las partes del proceso y desde el día en que aparezca publicada la suspensión en el Boletín Oficial del Estado para los terceros. El Presidente del Gobierno plantea que la citada norma podría ser contraria a los artículos 15 y 10.1 de la Constitución por la derogación del estatuto jurídico de las víctimas de graves violaciones de derechos humanos. Asimismo, el demandante sostiene que la ley impugnada podría infringir el orden constitucional de distribución de competencias, en particular los artículos 149.1.1 y 149.1.30 CE, así como el principio de colaboración Estado-Comunidades Autónomas. Finalmente, en el recurso se alega que la norma también vulneraría los principios de seguridad jurídica y de interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos (art. 9.3 CE).

 

En las noticias

  1. En Colombia, el gobierno expide decreto con nuevas restricciones para las corridas de toro, a un año de su prohibición total en el Congreso de la República. La norma establece que los animales utilizados en las corridas no podrán morir en la arena, en el marco de las restricciones que rigen para este último periodo de transición antes de la prohibición definitiva. En asistencias, el decreto prohíbe que menores de 18 años actúen como rejoneadores, novilleros o matadores, las tres figuras que intervienen en una corrida de toros. El rejoneador realiza la faena montado a caballo; el novillero se encuentra en formación y practica con toros jóvenes de tres o cuatro años; y el matador es quien se enfrenta a un toro adulto en el ruedo. La restricción se extiende también al público: los menores de edad ya no podrán ingresar como espectadores a este tipo de eventos, según lo establecido en la nueva reglamentación. El decreto adicionalmente prohíbe la destinación de recursos públicos para la realización de eventos taurinos.
  2. En Ecuador, el Pleno del Consejo de la Judicatura (CJ) emitirá una declaratoria de emergencia que le permita definir jueces temporales y así superar el déficit de magistrados que existe en todo el Ecuador. Actualmente existirían cientos de vacantes por jubilaciones, destituciones, entre otras situaciones, lo que habría llegado a afectar a decisiones clave en el servicio de justicia. El último dato oficial presentado por el Consejo de la Judicatura en la rendición de cuentas de lo hecho en el 2025 habla de un déficit de 657 jueces en todo el país, cifra que actualmente sería mayor.
  3. En Brasil, Google alega que no debe pagar a medios de comunicación escritos por el uso de su contenido. Por su parte, la Asociación Nacional de Periódicos alegan que el uso de textos, imágenes o resúmenes de reportajes por parte de mecanismos de búsqueda, sin la debida contrapartida financiera configura abuso de la posición dominante y apropiación indebida de publicidad. La controversia cursa en el Conselho Administrativo de Defesa Econômica (Cade).
  4. La Corte Interamericana de Derechos Humanos celebró, entre el 29 de junio y el 3 de julio de 2026, su 192° Período Ordinario de Sesiones de manera virtual. Durante el mismo la Corte IDH celebró una audiencia pública y tuvo deliberaciones.
  5. La Corte Interamericana de Derechos Humanos y la Red de Instituciones Nacionales de Derechos Humanos del Continente Americano (RINDHCA) dieron inicio al Diplomado sobre Derechos Políticos en la jurisprudencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
  6. México. La Suprema Corte de Justicia de la Nación concluyó el Primer Periodo Ordinario de Sesiones correspondiente al año 2026, de conformidad con lo previsto en el artículo 3 de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación Mexicana.
  7. Perú. El Tribunal Constitucional (TC) sesionó en una maratónica audiencia pública descentralizada en la ciudad de Iquitos que duró más de ocho horas y dejó al voto doce procesos constitucionales.
  8. Entre reuniones con gobernadores y refuerzo presupuestario, Santilli encabeza el acercamiento del Gobierno a las provincias. El Gobierno argentino avanza en su estrategia de acercamiento político con los gobernadores dialoguistas. En una semana marcada por más giros de la Nación a las cajas provinciales, Diego Santilli recibió en la Casa Rosada al pampeano Sergio Ziliotto.
  9. Los jugosos bonos que recibieron asesores de ministro Quiroz por metas cumplidas en gestión Boric. Altos directivos de la Dirección de Presupuestos (Dipres) y asesores del ministro de Hacienda, Jorge Quiroz Castro, recibieron bonos hasta más de 11 millones de pesos por metas cumplidas bajo el gobierno de Gabriel Boric.
  10. El Tribunal Constitucional de España publica el archivo de su primer Presidente Manuel García-Pelayo.
  11. El Pleno del Tribunal Constitucional de España estima el recurso de amparo del Grupo Más Madrid en la Asamblea de Madrid contra un acuerdo del Pleno que acordó que se tramitara por vía de lectura única un proyecto de ley de reforma de la Ley del Suelo en la Comunidad de Madrid sin derecho a formular enmiendas.
  12. El Pleno del Tribunal Constitucional de España desestima el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por la Generalitat de Cataluña contra la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda.

 

Nuevas contribuciones académicas

  1. Varios autores, Thirty-five years of the Colombian Constitutional Court. Origins, institutional design and impact on constitutional democracy, editorial Universidad Externado de Colombia, 2026. (Acceso abierto).
  2. Humberto Sierra Porto y Floralba Padrón (editores), La igualdad política. Avances y retrocesos en el Estado constitucional contemporáneo, editorial Universidad Externado de Colombia, 2026.
  3. Diana Valencia Tello (editora), Ética, derecho y poder en la era digital, editorial Tirant lo blanch, Colombia, 2026.
  4. Nelson R. Pessoa, Corte Suprema de Justicia – Plazo razonable del proceso penal, Rubinzal- Culzoni, 2026.
  5. Alexis Mondaca Miranda, Alejandra Illanes Valdés e Isaac Ravetllat Ballesté (Editores), Lecciones de derecho de la infancia y adolescencia IV, Tirant lo Blanch, 2026.
  6. Ignacio Barrientos Pardo, La expulsión de extranjeros en Chile, Biblioteca Jurídica Universitaria Ediciones, 2026.
  7. Ignacio Giuffré, Constitucionalismo deliberativo. Objeciones a la jurisdicción constitucional y democracia deliberativa, (Marcial Pons, 2026).
  8. Javier Dionis Baeza, ¿La libertad de expresión en el punto de mira? El caso Pablo Hasél. Comentario a la Decisión del Tribunal Europeo de Derechos Humanos Rivadulla Duró c. España, de 12 de octubre de 2023, Revista de las Cortes Generales, núm. 121.
  9. Javier Dionis Baeza, El acceso al código fuente de los algoritmos utilizados por la Administración Pública: la sentencia del Tribunal Supremo sobre el caso BOSCO, Revista de Derecho Constitucional Europeo, núm. 45.
  10. Revista Asamblea, Revista Parlamentaria de la Asamblea de Madrid, publica su núm. 50.
  11. La Revista Hispano-mexicana de Derecho Constitucional, editada por COLEX, publica su núm. 2.
  12. Anuario Iberoamericano de Justicia Constitucional, editado por la UNED, publica su núm. 30-1. 

 

Convocatorias y anuncios

Conferencias, seminarios y jornadas

  1. Se abre el Call for Papers del III Congreso ICON·S España, que tendrá lugar el 12 de noviembre en la Universidad Carlos III de Madrid (Campus Getafe). Toda la información aquí.
  2. ICONS Colombia abre convocatoria para la presentación de ponencias y mesas de trabajo para su VIII Seminario Nacional “Constitucionalismos, diversidades y naturaleza”, que se llevará a cabo los días 21, 22 y 23 de octubre de 2026 en Calo (Colombia). El plazo estará abierto hasta el 20 de agosto de 2026.
  3. La Universidad del Rosario (Colombia) organiza el evento “La ampliación de la responsabilidad objetiva bancaria. Alcance y efectos de la jurisprudencia civil sobre fondos voluntarios de pensión”, el cual se desarrollará el 23 de julio a las 4:00 pm (hora Colombia). Online, previa inscripción.
  4. La Universidad de los Andes (Colombia) organiza el webinar “¿Cómo transformar la tesis en un artículo académico?”. El evento se desarrollará el día 29 de julio a las 4:00 pm (hora Colombia).
  5. La AEPD convoca el Premio de Investigación jurídica en Protección de Datos Personales «Emilio Aced», para el año 2026.
  6. La AEPD convoca el Premio a la protección de datos personales de colectivos vulnerables y frente a la violencia digital, para el año 2026.
  7. Abierta la convocatoria para el envío de artículos originales e inéditos al monográfico nº 22 de la Revista Cuestiones de Género titulado “Hacia una universidad igualitaria: Clima de género, coeducación y transformación educativa”, que será coordinado por Ángeles Rebollo Catalán, Alicia Arias Rodríguez y Rocío Diez Ros. El plazo de recepción de artículos para este número finalizará el 28 de febrero de 2027
  8. Las Facultades de Derecho de la Universidad Panamericana (Guadalajara, México), Ave Maria School of Law y la Universidad Abat Oliba CEU organizan la primera edición del I Congreso Internacional de Derechos Humanos: El Sistema Interamericano de Derechos Humanos – Retos y Desafíos Estructurales que tendrá lugar los días 17 y 18 de septiembre de 2026 en el Campus Guadalajara de la Universidad Panamericana, México.

  

Blogs y asuntos de interés

  1. Ana Sofia Monteiro Signorelli, Writ of certiorari y los filtros de acceso a las cortes de cierre: lo que la Suprema Corte de los Estados Unidos puede enseñar al sistema brasilero de precedentes, Migalhas (Brasil).
  2. “La carta de derechos fundamentales es uno de los principales aportes de la Constitución de 1991”. Paola Andrea Meneses Mosquera, presidenta de la Corte Constitucional, conversó con Ámbito Jurídico, sobre el aniversario de la Constitución Política, Ámbito Jurídico (Colombia).
  3. Alejandro Ramelli Arteaga, El valor de la justicia restaurativa, Ámbito Jurídico (Colombia).
  4. Joaquín López Catervi, Una Justicia ética. O una ética Judicial, Palabras de Derecho (Argentina)
  5. Roberto Gargarella, El fin de la representación política (propia de una sociedad de clases), Seminario Gargarella (Argentina).
  6. Gabriela Sánchez Pezo, Los derechos no avanzan por inercia: evidencia para hacerlos efectivos, DOE (Chile).
  7. Javier Tajadura Tejada, A los cincuenta años del primer Gobierno Suárez: sobre la edición revisada de la biografía de Suárez de Juan Francisco Fuentes, CEPC (España).
  8. Antonio Arroyo Gil, La dignidad humana no admite abstención, Agenda Pública (España).
  9. Jaume Saura Estapà, La abolición de las contenciones mecánicas en los centros penitenciarios de Cataluña: un reto pendiente exigido por el Comité Europeo para la Prevención de la Tortura, Observatorio de Derecho Público (España).
  10. Karlos Castilla Juárez, ¿Se sanciona el racismo en el deporte?, Observatorio de Derecho Público (España).

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