La abstención electoral es la no participación en un proceso eleccionario, es decir, la no emisión del sufragio para el cual se está habilitado. Las razones que producen esta manifestación son de diversa índole, por una parte, exterioriza un estado o percepción del elector caracterizada por el rechazo o la indiferencia frente al sistema político, los candidatos o determinadas propuestas. También, se produce por factores sociodemográficos, que tienen relación con contextos económicos, geográficos, educativos y de acceso a la información. 

Las primeras razones, suelen manifestarse de forma consciente y voluntaria, mientras que las producidas por factores sociodemográficos, están más bien asociadas a impedimentos y condiciones estructurales de desigualdad que conllevan la exclusión de grupos, por lo general, en situación de vulnerabilidad. Sobre el particular debemos considerar como ejemplos, la exclusión de las mujeres y su incorporación tardía al ejercicio de este derecho o las condiciones que privan del acto de votar a quienes, pese a la titularidad del derecho, se excluyen en virtud de su lugar de residencia, analfabetismo, pobreza, discapacidad o reclusión. De ello, resulta una distinción que permite identificar, por una parte, (i) la exclusión producida a partir de restricciones normativas sobre ciertos grupos a quienes no se les reconoce la titularidad del sufragio, por otra, (ii) la exclusión impuesta por las condiciones de desigualdad. Por último, (iii) debe considerarse a los grupos que como auténtica manifestación deciden no votar para expresar descontento o desafección política. 

La situación de abstención electoral en Chile evidencia un aumento preocupante    si comparamos los procesos electorales producidos durante la transición y la consolidación de la democracia. Resulta ilustrativo considerar los porcentajes de abstención en elecciones de carácter nacional entre 1989 y 2021. Por ejemplo, en la última elección presidencial (2021), en la primera vuelta se repitió el patrón de abstención de las presidenciales de 2017 con una abstención superior al 50 %. Además, debido a las reformas a  la legislación, la data electoral permite evidenciar los efectos del sistema de voto obligatorio y del sistema de voto voluntario. Al respecto, se produce una relación asimétrica entre el padrón electoral y los votantes en el período comprendido entre 1989 y 2009, durante la vigencia de la inscripción voluntaria y el voto obligatorio. Desde el 2010 hasta 2021, se producen los efectos de la inscripción automática y voto voluntario, evidenciando el aumento de la abstención o lo que Claudio Fuentes certeramente describió como el proceso por el cual la democracia se fue vaciando de electores

Estos niveles de abstención, tienen relación directa con la crisis política e institucional del último tiempo, la cual complejiza los procesos de representación democrática, conlleva una especie de permanente objeción a la legitimidad de las decisiones institucionales y produce períodos prolongados de ingobernabilidad. En paralelo, genera una enorme deuda de representatividad al excluir (voluntaria o involuntariamente) a importantes sectores de la comunidad política, quienes no se sienten convocados a la toma de decisiones. Esta es una situación que un Estado democrático debe prevenir y de ocurrir, debe revertir. No le es saludable a la democracia la carencia de electores y de ciudadanos dispuestos a la participación, en tanto la función central de las elecciones en el régimen democrático es producir representación, producir gobierno y producir legitimidad

La reforma por el voto voluntario se acordó en el año 2009 y contó con un amplio respaldo de la ciudadanía y el consenso de las fuerzas políticas representadas en el Congreso. Como afirman los investigadores Mauricio Morales Quiroga y Gonzalo Contreras, esta reforma se aprobó producto de la interacción de intereses estratégicos de la centro–izquierda y de la derecha, y de forma muy temprana dejó  ver que el 70 % de los diputados se arrepintieron de su decisión al constatar que en la elección municipal de 2012, la participación bajó al 41 % como  un efecto directo de la decisión legislativa. 

A 13 años de la comentada reforma y transcurridos unos cuantos procesos electorales en el camino, se concreta el plebiscito de salida del proceso constituyente realizado el 4 de septiembre de 2022. Para este proceso se restituyó excepcionalmente la obligatoriedad del voto y se observó una participación histórica del 85,86 %, lo que significó que más de 13 millones de electores votaron en esa elección. Sin duda, estamos frente a un hito relevante que movilizó al parlamento constituido en 2021, el cual finalmente despachó la ley 21.524 del 4 de enero de 2023 por la que      se reforma la Constitución Política y se reestablece el voto obligatorio en las elecciones y plebiscitos. 

Ahora bien, el voto obligatorio es un poderoso predictor del volumen de participación. Sin embargo, la discusión de esta reforma revive un conjunto de argumentos sobre el voto como deber cívico u obligación jurídica. Es muy probable que una buena parte de la sociedad reconozca la dimensión de deber cívico que subyace en el derecho de voto, en la medida que contribuye a configurar nuestro gobierno y establecer ciertos consensos sobre temas de especial interés para todos. Pero, este derecho también es comprendido en su esencia como una libertad, lo cual implica reconocer que la abstención también es una forma de decisión. La cuestión sobre esta medida es si un mayor número de votantes es igual a mayor conciencia política, ¿un mayor número de votos en blanco o nulos tributa a la legitimidad democrática de nuestras instituciones?

Estos cuestionamientos orbitan permanentemente sobre estas y otras decisiones de similar alcance. Por lo que, si bien se valora esta vuelta a la obligatoriedad como una medida paliativa esta vuelta a la obligatoriedad, debemos considerar algunas cuestiones. Primero,cómo operativizar las sanciones por no votar, ya que      la experiencia de la obligatoriedad en el plebiscito de 2022 ha puesto      en duda la capacidad de los juzgados de policía local de cobrar las más de 2 millones de multas cursadas por no votar. 

Segundo, y esto avanza en los desafíos para la superación de impedimentos materiales, es importante explorar otras medidas legislativas y políticas públicas orientadas a facilitar el acceso a las mesas receptoras de sufragio y la emisión de voto. Propuestas como la incorporación del voto vía correo postal o electrónico para los residentes en zonas aisladas, para quienes se encuentran fuera de su circunscripción, para los privados de libertad y para las personas postradas, en situación de discapacidad o con dificultades severas para trasladarse, pueden ser una alternativa. . 

Tercero, hay que pensar en otras medidas que abordan aspectos sustanciales de la sociedad democrática. Entre ellas, la formación cívica destinada a destacar la importancia del sufragio y de la participación ciudadana, reformas que vengan a innovar en la interacción entre ciudadanos y representantes y que hagan de la participación un auténtico espacio de encuentro y reflexión , a la par del fortalecimiento de los espacios no electorales de incidencia ciudadana, los que pueden aumentar las posibilidades de renovación de los actores, ideas y propuestas políticas.

 


Cita recomendada: Luis Guillermo Palacios Sanabria, «Votar o no votar: ¿fin al dilema?», IberICONnect, 26 de abril de 2023. Disponible en: https://www.ibericonnect.blog/2023/04/votar-o-no-votar-fin-al-dilema/

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