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¿Qué está pasando en las cortes y tribunales constitucionales?
- 20 de abril de 2026. La Corte Suprema de Justicia de la Nación de México sentenció estableciendo nuevos criterios para implementar servicios de interrupción del embarazo vía amparo. La Corte determinó como criterio obligatorio que el principio de relatividad de las sentencias de amparo, esto es que sus efectos sólo protegen a quienes lo promueven, no constituye un impedimento para otorgar la protección constitucional frente a la omisión de las autoridades de salud, de implementar y difundir los servicios necesarios, para garantizar el acceso al aborto voluntario en las entidades federativas en las que ya se encuentra despenalizado. El Tribunal determinó que, cuando el amparo se promueve por interés legítimo, la sentencia puede ordenar medidas de carácter estructural, dirigidas a remover las barreras que impiden el ejercicio efectivo del derecho a decidir, aun cuando sus efectos se proyecten más allá de las personas que acuden al juicio de amparo.
- 15 de abril de 2026. La Corte Suprema de Justicia de la Nación de México reiteró la obligación de juzgar con perspectiva de género. La sentencia de la Corte ocurrió en el marco de un caso relacionado con la muerte de una niña de un año que llevó a investigar a su madre por el delito de homicidio agravado por razón de parentesco. Se abrió una investigación y se recabó una declaración en la que la mujer migrante y embarazada durante ese momento, reconoció los hechos. Por ello, se ejercitó la acción penal y se giró una orden de aprehensión. Posteriormente, la mujer denunció que dicha declaración fue obtenida bajo tortura, sin defensa adecuada ni asistencia consular y que su actuar inicial estuvo influido por el temor a perder la custodia de su hija, lo que generó versiones contradictorias sobre lo ocurrido. Al resolver, La Corte concluyó que el tribunal inferior no había satisfecho la obligación de juzgar con perspectiva de género, ya que validó una sentencia condenatoria apoyada en ideas preconcebidas sobre cómo “debe ser” una madre y en un uso deficiente de la prueba circunstancial. En particular, la Corte sostuvo que se asumió que, por el solo hecho de ser madre, era la única garante del bienestar de su hija y que cualquier desviación de un modelo ideal de maternidad bastaba para inferir la culpabilidad, lo que generó vacíos probatorios con prejuicios y comprometió la exigencia de probar la responsabilidad más allá de toda duda razonable.
- La Corte Constitucional colombiana determinó que se incurre en violencia obstétrica cuando no se respeta la voluntad de las mujeres en cuanto al tipo de parto que desean realizar. El pronunciamiento se llevó a cabo en el caso de una mujer que solicitó en dos oportunidades el agendamiento de su parto por cesárea. Sin embargo, enfrentó barreras para el ejercicio de su autonomía en la decisión. En concreto, el personal médico que la atendió intentó persuadirla para optar por un parto natural o para intentarlo antes de solicitar la realización de la cesárea.
Con base en estas consideraciones, la Corte concluyó que la IPS y la EPS accionadas vulneraron los derechos a la salud, a la vida y a la autonomía de la mujer. La Corte precisó que, cuando se trata de la elección de la forma de parto, la tipología más usual de violencia obstétrica es la realización de cesáreas forzosas. No obstante, el caso analizado en esta oportunidad pone de presente que también constituye violencia obstétrica el acto de imponer barreras y restricciones a la posibilidad de elegir, de forma libre e informada, la cesárea como forma de parto.
- El Supremo Tribunal Federal de Brasil declaró la inconstitucionalidad de una ley estatal que prohibía el establecimiento de cupos especiales para poblaciones étnicas y otras acciones afirmativas en instituciones de educación superior públicas o que recibieran presupuesto estatal. El supremo consideró que la norma violaba el principio de igualdad material, la autonomía universitaria y acuerdos internacionales. A su vez, indicó que la interrupción de esas políticas carecía de previa validación técnica.
- La Corte Constitucional del Ecuador recordó que la declaratoria de inexequibilidad de la Ley que extendía la protección laboral reforzada para mujeres embarazadas y en período de lactancia hasta el final del período fiscal correspondiente, solo surtía efectos para los casos presentados después de su expedición, o a aquellos que ya estaban en conocimiento de la Corte, es decir, desde que fue aprobada por el Pleno de la Corte Constitucional, y no desde su publicación.
En conclusión, la Corte constató que la acción de protección fue presentada después de la expedición de la sentencia 3-19-JP/20. En consecuencia, los jueces estaban obligados a aplicarla y a no utilizar una norma que ya había sido declarada inconstitucional. Así, concluyó que no hubo aplicación retroactiva ni vulneración de la seguridad jurídica, ya que la sentencia 3-19-JP/20 era plenamente aplicable al caso al momento en que se presentó la demanda.
- El Pleno del Tribunal Constitucional español, ha estimado por unanimidad el recurso de amparo interpuesto por el Grupo Parlamentario Popular del Congreso de los Diputados contra la decisión de la Mesa de la Cámara de prorrogar por 71ª vez el plazo de presentación de enmiendas de un proyecto de ley que dimanaba del Real Decreto-ley 36/2020, de 30 de diciembre, convalidado por el Pleno del Congreso, que acordó seguidamente su tramitación como proyecto de ley por el procedimiento de urgencia. El Pleno del Tribunal Constitucional declara vulnerado el derecho de los diputados recurrentes a ejercer sus funciones representativas (art. 23.2 CE), en conexión con el derecho de los ciudadanos a participar en los asuntos públicos por medio de representantes (art. 23.1 CE), y anula los acuerdos parlamentarios impugnados, con efectos meramente declarativos, al haberse dictado en una legislatura ya fenecida. La sentencia aprecia que la Mesa del Congreso de los Diputados obstruyó la tramitación del procedimiento legislativo (de urgencia), al hacer un uso indebido de su facultad de acordar la prórroga del plazo para presentar enmiendas, hasta el punto de imposibilitar la presentación de estas, con la consiguiente vulneración del derecho de participación política de los recurrentes. La decisión de la Mesa de prorrogar sistemáticamente ese plazo, sin motivación específica para ello, vino a impedir que el Real Decreto-ley 36/2020 se tramitara como proyecto de ley, como había acordado el Pleno de la Cámara ex art. 86.3 CE, por la terminación de la legislatura; y subvirtió su propia finalidad.
- La Sala Segunda del Tribunal Constitucional español, ha estimado por unanimidad el recurso de amparo interpuesto contra una sentencia de la Audiencia Provincial de Madrid, que anuló la sentencia absolutoria de instancia y obligó a repetir el juicio oral, porque entendió que la defectuosa grabación del juicio oral en el momento en que el acusado ejerció su derecho a la última palabra le podría acarrear indefensión. Tras recordar la doctrina sobre el alcance de la revisión en apelación de las sentencias penales absolutorias, el Tribunal constata que la Audiencia Provincial no ha ejercido su función revisora dentro de los límites constitucionales, con el resultado de que la anulación de la absolución del demandante, para que sea sometido de nuevo a juicio, carece de fundamento razonable (pues no cabe hablar de indefensión del acusado cuando este ha resultado absuelto) y quebranta su derecho a no ser juzgado dos veces por los mismos hechos (non bis in idem), que es una garantía básica del derecho al proceso justo. Conforme a esa doctrina constitucional, la anulación de una sentencia absolutoria para que se repita el juicio oral solo puede tener lugar cuando esa sentencia se hubiere dictado en un proceso cuya sustanciación haya adolecido de quiebras procesales esenciales causantes de indefensión a la parte acusadora, que hayan sido aducidas por esta en su recurso de apelación. En el presente caso la absolución del demandante de los delitos de los que venía siendo acusado se dictó en un proceso sustanciado con todas las garantías, y la acusación particular no basó su recurso de apelación contra la sentencia absolutoria en infracción procesal causante de indefensión, sino en error de hecho en la valoración de la prueba (por lo que interesaba la revocación de esa sentencia y la consiguiente condena del acusado). En consecuencia, la Audiencia Provincial excedió sus facultades revisoras al anular de oficio la sentencia absolutoria y ordenar la repetición del juicio oral, en perjuicio de los derechos fundamentales de acusado.
- La Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina se pronunció sobre la recusación tardía de los jueces de la Corte. La Corte rechazó un planteo de recusación contra uno de sus miembros. Recordó que el instituto de la recusación con causa es un mecanismo de excepción, de interpretación restrictiva, con supuestos taxativamente establecidos, para casos extraordinarios, teniendo en cuenta que su aplicación provoca el desplazamiento de la legal y normal competencia de los jueces y la consecuente alteración del principio constitucional de juez natural. También, que cuando las recusaciones formuladas por las partes son manifiestamente inadmisibles deben ser desestimadas de plano.
Señaló que la recusación resultaba inadmisible por tardía al no haberse efectuado en la primera oportunidad susceptible de habilitar la competencia de la Corte, que fue al contestar el traslado del recurso extraordinario deducido contra la medida cautelar y la decisión sobre las recusaciones de los miembros del superior tribunal provincial. Agregó que, aun si el planteo hubiese sido formulado en tiempo oportuno, de todos modos, debería ser rechazado de plano en tanto las razones invocadas no configuraban alguna de las causales previstas en el artículo 17 del Código Procesal Civil y Comercial de la Nación y expresó que dicho código es preciso cuando tratándose de amistad la causal del inc. 9º la circunscribe a «alguno de los litigantes», lo que no surgía de la causa ni de los dichos de la parte.
En las noticias
- 17 de abril de 2026. México. Tribunal Electoral cierra puerta a reclamos y valida lista de 100 aspirantes al Instituto Nacional Electoral.
- 13 de abril de 2026. México. Descartan reformas secundarias al Plan B de reforma electoral.
- 26 de abril de 2026. Perú. La segunda vuelta de las Elecciones Presidenciales 2026 se realizará el domingo 7 de junio de 2026 en todo el país.
- 26 de abril de 2026. Perú. Elecciones presidenciales 2026. La Junta Nacional Electoral fija el 7 de mayo como fecha límite para el recuento de votos.
- Se presenta demanda ante la Corte Constitucional colombiana para ampliar la licencia de maternidad a 6 meses. Actualmente la licencia es de 18 semanas. Según el demandante, ese plazo se queda corto frente a los estándares internacionales y, en la práctica, termina afectando derechos fundamentales de los niños, especialmente su salud, alimentación y desarrollo integral.
- En Brasil, investigación evidencia que los partidos políticos financian menos y con retrasos a mujeres y afrodescendientes en los procesos electorales.
- En Ecuador, la judicatura implementará pruebas de confianza para el ingreso de jueces a la función judicial. Juristas coinciden en la importancia de la probidad.
- El Pleno del Tribunal Constitucional español admite a trámite el recurso de amparo presentado por una mujer contra las sentencias que desestimaron su reclamación por responsabilidad patrimonial del Estado por lesiones producidas bajo detención policial.
- El Pleno del Tribunal Constitucional español admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad del Presidente del Gobierno y suspende varios artículos de la Ley 4/2025, de 1 de julio, del paisaje de La Rioja.
- El Pleno del Tribunal Constitucional español admite a trámite una cuestión de inconstitucionalidad sobre la posible extinción de la pensión compensatoria por vivir maritalmente con otra persona.
- El ex Fiscal General del Estado español se defiende ante al Tribunal Constitucional mediante la interposición de un recurso de amparo.
- ¿Vigila el Gobierno portugués a los periodistas?
- Caso YPF: el Gobierno se opuso a que los demandantes presenten información confidencial ante el CIADI. La defensa argentina y de la petrolera se presentó ante la jueza Loretta Preska. Sostuvo que un acuerdo homologado en EE.UU. limita el uso del material del expediente exclusivamente a ese proceso. Calificó de improcedente y anticipado el intento de los fondos de reutilizarlo en un arbitraje internacional.
- La Rosada quiere avanzar con una reforma electoral en la Ciudad para poner en problemas al PRO. El Gobierno argentino buscará eliminar las PASO también en territorio porteño. Jorge Macri aún no fijó posición. El peronismo y la izquierda rechazan la reforma.
- «¿Qué pretenden?»: Filtración de oficio de Hacienda desordenó al oficialismo y agudizó crítica interna. Fue el presidente del Partido Republicano (Chile), el senador Arturo Squella quien -en conversación con Radio Duna- aseguró que esto fue un error comunicacional que se tiene que corregir.
Nuevas contribuciones académicas
- Víctor Daniel Aréchiga Cabrera; Adriana Lorena Iñiguez Carrillo; Héctor Gabriel Acosta Mesa (Coordinadores) – Inteligencia Artificial Generativa. – (Editorial Tirant Lo Blanch, 2026)
- Matallana Villegas, Silvia; Ehrman, Roberto (Coordinadores) – La evaluación de impacto legislativo. Entre la teoría y la práctica parlamentaria (Editorial Tirant Lo Blanch, 2026)
- Luis Castillo Córdova – Los precedentes vinculantes del Tribunal Constitucional (2 volúmenes) (4ta. edición actualizada) – (Editorial Palestra, 2026)
- Juan Sebastián López Oñate, El sistema interamericano de protección de los Derechos humanos: un terreno infértil para el surgimiento del margen de apreciación nacional, Editorial Universidad Externado, 2026.
- Sebastián Senior, Desarrollo y participación en los páramos de Colombia, análisis desde el páramo de Santurban, editorial Universidad del Rosario, 2026.
- Mauricio Rodríguez Tamayo, La gestión fiscal de los contratistas del Estado, editorial Tirant lo Blanch, 2026.
- Alejandro Gómez Velásquez, Mecanismos de participación ciudadana, editorial Tirant lo Blanch, 2026.
- La Revista Teoría y Realidad Constitucional, editada por la UNED, publica su núm. 56.
- Federico Orlando, La Corte julio Nazareno I, editorial AD-HOC, 2026.
Convocatorias y anuncios
Conferencias, seminarios y jornadas
- El Centro de Estudios Constitucionales del Tribunal Constitucional de Perú, invita a participar de la Conferencia “NORMAS SOCIALES E INTERPRETACIÓN JUDICIAL” el día jueves 7 de mayo, a las 11:30 a. m. hora local.
- El Centro de Estudios Constitucionales del Tribunal Constitucional de Perú, invita a participar de la Conferencia Internacional: “SOFT LAW: LAS FRONTERAS DEL DERECHO” el día 4 de mayo a las 11.30 Hs.
- El Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Autónoma de México invita a participar de la Conferencia “Acceso de las mujeres migrantes a una vida libre de violencia obstétrica” el día 06 de mayo de 2026.
- El Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Autónoma de México invita al Coloquio Internacional “Dimensiones jurídico – políticas de la justicia transicional en el México contemporáneo” el día jueves 07 de mayo de 2026 a las 10:00 hs. Local.
- Continúa abierto el plazo para las inscripciones al IV Seminario Regional ICONS Colombia, “Constitucionalismo e interculturalidad en el caribe colombiano”. El evento se desarrollará de forma presencial en la Universidad del Magdalena, el próximo 15 de mayo.
- Continúa abierto el plazo para inscribirse como asistente al Congreso Mundial de Derecho Constitucional que se desarrollará en la Universidad Externado (Colombia), del 6 al 10 de julio. Hasta el 27 de abril se encuentra abierto el plazo para la solicitud de
- El 1 de junio, a las 12,00 horas, en el Palacio de la Aljafería, Zaragoza tendrá lugar un Acto en recuerdo de Pepe Tudela. Asistencia al Acto con invitación previa.
- El jueves 7, a las 12:00h española, tendrá lugar el Seminario García-Pelayo Trabajos de investigación: «Polarización y teatralización en las élites políticas», organizado por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales en formato híbrido, presencial u online. Es necesaria la inscripción previa.
- El 15,a las 9:30h española, se celebrará la Jornada: “Recurso de inconstitucionalidad y legitimación de las Comunidades Autónomas” coorganizad as por el Instituto de Estudios de Autogobierno, el Centro de Estudios y Constitucionales y la Fundación Manuel Giménez Abad, en el Instituto de Estudios del Autogobierno, (Palau de Centelles, Bajada de Sant Miguel, 8).
- Entre los días 6 y 8 de mayo de 2026, a partir de las 10:00 horas (hora argentina) se llevará a cabo la Jornada sobre Inteligencia Artificial (IA) y Derechos Humanos, coorganizada por las facultades de derecho de la UBA y de la Universidad Católica de Cuyo. Formato híbrido. Más información: centroirydh@derecho.uba.ar.
Convocatorias
- La Universidad de Bolonia tiene abierto el plazo de inscripción para el curso de verano 2026 “Metodología de comparación jurídica”. Las inscripciones están abiertas hasta el 25 de mayo.
- Abierto el call for paper hasta el 1 de mayo para la 2026 ELU-S Conference: “Words or Deeds? The European Moment”, que se celebrará en la Universidade Católica Portuguesa, Lisboa, del 1 al 3 September 2026.
- El Congreso de Diputados de España convoca concurso con el fin de adjudicar catorce becas individuales para la realización de estudios y trabajos de carácter documental, bibliográfico y archivístico relacionados con el Parlamento. El plazo de presentación de solicitudes comienza el 24 de abril y concluye el 18 de mayo de 2026.
Blogs y asuntos de interés
- Diego Armando Yañez, La iniciativa legislativa de la Corte Constitucional de Colombia: ¿una función o habilitación constitucional condenada al olvido?, Blog del ICDP (Colombia).
- Catalina Vallejo y Nataly Montoya, ¿Para qué sirve una sentencia judicial? El caso del rio Atrato, Ámbito Jurídico (Colombia).
- Luz Ángela Tarazona, Venezuela: Reivindicar el salario, un ejercicio de justicia necesario, Blog Red Cal (Venezuela).
- Miriam Henríquez Viñas, ¿Qué implica que Chile reconozca legalmente el derecho al cuidado? Este avance marca un hito en la región al transformar una labor históricamente invisibilizada en un derecho exigible, Agenda Estado de Derecho (Chile).
- Elias Dessantis, Emergencia vs. excepción: un análisis de Bélgica como caso singular , Blog CEPC (España).
- Inês Maria Ribeiro da Costa, The “competitiveness compass” under scrutiny: strategic autonomy and the new geopolitical shock, Blog UNIO (Portugal).
- Los ocho incunables de la Biblioteca del Congreso, Fuera de Agenda, Blog del Congreso de los Diputados (España).
- Andrés Gil Domínguez, La sobreconfianza en la IA y la necesaria alfabetización tecnológica, Infobae, Argentina.
- Pablo Severino Montebello, La huelga no es un privilegio, es un derecho conquistado, Palabras de Derecho, Argentina.
- Roberto Navarro-Dolmestch, Las inteligencias artificiales necesitan regulaciones, DOE, Chile.
- Jaume Saura Estapà, La abolición de las contenciones mecánicas en los centros penitenciarios de Cataluña: un reto pendiente exigido por el Comité Europeo para la Prevención de la Tortura, España.