La elección de Natalia Ángel como magistrada de la Corte Constitucional es un hecho histórico que genera grandes expectativas tanto en materia de inclusión femenina en altos cargos del Estado como de una posible ampliación de la jurisprudencia de la Corte en materia de género, sexualidad y derechos. ¿En qué sentido esta elección es histórica y por qué puede ser importante para el futuro de los derechos de las mujeres? 

Ángel es una abogada destacada, con una trayectoria académica sólida y una gran experiencia en materia de derechos.  Sin embargo, más que su trayectoria, quiero analizar la forma como queda conformada la Corte y lo que eso representa a futuro. Desde febrero de 2022, cuando Ángel podrá posesionarse pues se cumple el periodo del magistrado Alberto Rojas, y al menos hasta mediados de año, cuando termina el periodo de la magistrada Gloria Ortíz, la Corte Constitucional estará conformada mayoritariamente por mujeres. 

Por primera vez, en 30 años de historia, cinco de los nueve magistrados de la Corte Constitucional son mujeres. También es la primera vez que una de las altas cortes del país (incluyendo la Corte Suprema y al Consejo de Estado) es mayoritariamente femenina. La excepción ha sido la JEP, que desde su creación le ha apostado a la paridad. Aunque la Constitución de 1991 garantiza la igualdad política, las mujeres siguen enfrentando múltiples barreras para llegar en plena igualdad a los altos cargos del Estado. En la judicatura, por ejemplo, para el 2021 las mujeres constituíamos 23 % en el Consejo de Estado y 13 % en las salas ordinarias de la Corte Suprema. Estos porcentajes son incluso menores a los de una década antes

Estos techos de cristal—o barreras invisibles que impiden a las mujeres llegar a cargos de poder—que persisten en el sistema judicial contrastan con dos hechos relevantes. Por una parte, la profesión jurídica se ha feminizado. En las últimas décadas, las mujeres se han convertido en más del 50% de las estudiantes y graduadas de derecho. Por la otra, las mujeres hacen una presencia masiva en el sistema judicial, como lo muestra el que el 51% de las juezas municipales sean mujeres. El problema es que a medida que sube la jerarquía judicial disminuye la participación femenina. 

Más inclusión, ¿menos barreras? 

En este contexto, la elección de Natalia Ángel genera esperanza en un futuro más igualitario para las mujeres en la rama judicial. En sí misma, esta elección representa más inclusión. Un grupo tradicionalmente excluido de los altos cargos de la rama judicial tiene mayor presencia física en esos espacios que le habían sido vedados. 

Esta elección se presenta también como un momento de ruptura de los techos de cristal. Más mujeres en estos cargos pueden ayudar a visibilizar las múltiples barreras que han evitado históricamente que lleguen a las más altas magistraturas. Por ejemplo, naturalizar la presencia de magistradas en estos cargos ayudaría a desnaturalizar imaginarios sociales que han excluido a las mujeres de lo público y que aún nos impiden asociar a las mujeres con cargos de poder. Cómo olvidar que fue hasta que la primera magistrada mujer llegó a la Corte Constitucional que se evidenció que el edificio contaba con un único baño para magistrados hombres en sala plena, pues no se pensaba que llegarían mujeres. 

Más presencia de mujeres en las altas cortes tiene también un efecto simbólico importante, porque puede inspirar a miles de niñas y jóvenes a soñar fuera de los estereotipos tradicionales y asumir que la inclusión y participación igualitaria son una realidad con la que pueden contar. Puede, entonces, ayudar a movilizar nuevos sueños y luchas por hacerlos posibles. 

Sin embargo, es claro que esta elección no rompe todas las barreras existentes. Las étnico raciales y de clase siguen muy presentes. A modo de ejemplo, como ha analizado Daniel Gómez Mazo, la presencia de personas racializadas en la judicatura es ínfima, y ni siquiera les podemos contar con precisión porque las estadísticas en el tema son casi inexistentes. Además, las barreras de género son todavía resilientes. Así lo sugiere el hecho de que la presencia de magistradas en altas cortes no haya aumentado de manera consistente, aunque sí lo ha hecho su participación en la profesión legal, y que la proporción de candidatas a altas corporaciones siga siendo menor que la de candidatos. 

¿Más mujeres decidiendo son más derechos?

Los efectos simbólicos y políticos de una mayor inclusión, aunque limitados, son relevantes para profundizar la democracia por la ampliación de las voces que participan en el debate. Pero: ¿qué significa para el futuro de la jurisprudencia constitucional que haya más mujeres magistradas? 

El debate teórico sobre la representación de intereses de sectores excluidos en el espacio público (Wills: 2007 y Pitkin: 2014) se concentra en temas de representación política. No obstante, nos ha enseñado que es errado asumir que más mujeres en cargos decisorios conllevarían de manera automática a más y mejores decisiones en materia de derechos de las mujeres. Entre otras razones porque no existe una esencia femenina. Las mujeres somos un grupo heterogéneo, con experiencias de subordinación y exclusión distintas. No existen intereses de las mujeres en abstracto y previos a los procesos de socialización. 

Sin embargo, la evidencia empírica nos ha mostrado también que, bajo ciertas condiciones, puede darse un círculo virtuoso entre la inclusión de más mujeres, representación sustantiva y fortalecimiento de nuestros derechos. Al respecto, la investigación de Isabel Cristina Jaramillo ha demostrado que desde que la Corte Constitucional cuenta con magistradas se ha ampliado tanto el número de sentencias sobre mujer y género, como la diversidad de los temas que abordan. No se trata de que todos los casos sobre género sean llevados por mujeres. De hecho, el magistrado con más decisiones sobre estos temas es un hombre (Antonio Lizarazo). 

Lo que ocurre, más bien, es que se ha desarrollado un contexto que facilita hablar y discutir temas encaminados a democratizar las relaciones de género. Dicho contexto se configura a partir de la inclusión de voces más plurales en la Corte, pero también por otros factores. Por ejemplo, a través del litigio estratégico, grupos de mujeres y de personas LGBTI han logrado llevar ante la Corte nuevos temas en materia de igualdad de género que han profundizado la deliberación democrática. 

Además, los espacios con los que cuenta la magistratura para que magistrados y magistradas discutan temas de género, como los conversatorios nacionales de género, contribuyen también a situar estos temas en el centro de la agenda judicial. Esto ha ocurrido en espacios como el Congreso, en donde la creación de espacios formales de discusión, como la Bancada de Mujeres, contribuyó a generar una mayor articulación entre las congresistas, fortaleció sus conocimientos en temas de género y facilitó la ampliación de la agenda por la igualdad de género. 

La presencia de una quinta magistrada no puede asegurar que en los próximos meses haya más y mejores decisiones a favor de los derechos de las mujeres. Pero puede ayudar a profundizar un contexto que favorezca este tipo de decisiones, siempre que confluyan otros factores, como una movilización social vigorosa, la apertura al derecho internacional y los espacios formales de deliberación sobre temas afines a la justicia de género en la rama judicial, entre otros. 

Hasta que la igualdad se vuelva costumbre

La elección de Natalia Ángel es, entonces, un momento de inclusión y esperanza para los derechos de las mujeres. Pero también una gran oportunidad para profundizar el análisis de las brechas de género que persisten en la rama y para fortalecer la agenda de trabajo por la justicia de género. 

Para eso es importante, entre otros elementos, que esta conformación más plural no se quede en una anécdota de seis meses. El próximo proceso de elección para la Corte Constitucional debería ser un espacio para poner a prueba las distintas iniciativas destinadas a enfrentar las barreras que impiden que más mujeres se inscriban e incluso ser un espacio para promover su participación. Además, tanto el Consejo de Estado como la Corte Suprema y los tribunales deberían incluir más y mejores mecanismos para hacer posible la pluralidad de voces desde su conformación, hasta que la igualdad se haga realidad y se vuelva costumbre.


Cita recomendada Diana E. Guzmán Rodríguez, «Corte Constitucional, inclusión y derechos», IberICONnect, 22 de febrero de 2022. Disponible en: https://www.ibericonnect.blog/2022/02/corte-constitucional-inclusion-y-derechos/ 

1 thoughts on “Corte Constitucional, inclusión y derechos

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