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¿Qué está pasando en las cortes y tribunales constitucionales?
- El Pleno del Tribunal Constitucional español, ha desestimado el recurso de inconstitucionalidad interpuesto por el Consejo de Gobierno de las Illes Balears contra la Ley 12/2023, de 24 de mayo, por el derecho a la vivienda. Se trata de la tercera de las sentencias dictadas por el Tribunal Constitucional en relación con la citada Ley 12/2023, tras las SSTC 79/2024 y 26/2025, por lo que aborda el análisis de cuestiones todavía no tratadas en las mismas: en primer lugar, la impugnación del art. 15.1 a) de la Ley 12/2023; considerando que este se encuentra amparado por el 149.1.13 CE que atribuye al Estado competencia sobre las “bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica; por cuanto se trata de una regulación que persigue el objetivo de incrementar la oferta de vivienda social o dotacional a través del fomento de la construcción de viviendas públicas y que dicho objetivo se articula a través de unas directrices o criterios de ordenación del sector de la construcción de vivienda que, en caso de activarse, tendrían una repercusión significativa sobre la actividad económica general. Por otro lado, se desestima la queja dirigida contra el art. 35, que establece el deber de las comunidades autónomas de suministrar al Estado determinada información en relación con los programas de acceso a la vivienda. Se considera constitucional, pues que se trata de información sobre políticas públicas en materia de vivienda que el Estado viene obligado a publicar anualmente y de la que necesita disponer para el mejor ejercicio de su competencia sobre la ordenación general de la economía (art. 149.1.13 CE). Este deber de información, además, se incardina con en el marco de las relaciones de colaboración entre el Estado y las comunidades autónomas. La sentencia cuenta con los votos particulares de los magistrados Ricardo Enríquez Sancho, Enrique Arnaldo Alcubilla, Concepción Espejel Jorquera y José María Macías Castaño.
- La Sala Segunda del Tribunal Constitucional español, ha estimado el recurso de amparo formulado por un ciudadano extranjero extracomunitario frente a la resolución administrativa que ordenó su expulsión del territorio nacional por encontrarse en situación irregular en España, así como frente a las resoluciones judiciales que confirmaron dicha sanción modificando su fundamentación. El Tribunal aprecia el óbice de falta de invocación previa respecto de la queja atinente a la presunción de inocencia, y considera que la queja subsistente –falta de motivación y de proporcionalidad de la sanción impuesta–, que es la principal del recurso, es reconducible, en atención a su fundamentación en la demanda, no solo al derecho a la tutela judicial efectiva (art. 24.1 CE), sino también al derecho a la legalidad sancionadora ( 25.1 CE), a semejanza de lo concluido en la STC 72/2023. La sentencia que recoge la doctrina establecida por el Tribunal Constitucional se sintetiza en tres puntos. Primero, la imposibilidad de fundar las sanciones de expulsión en el “efecto directo inverso” de la Directiva de retorno, como ha aclarado el propio Tribunal de Justicia de la Unión Europea (STJUE de 8 de octubre de 2020, MO c. Subdelegación del Gobierno en Toledo, C-568/19). Segundo, la prohibición de que los órganos judiciales que revisan la sanción introduzcan motivos para sancionar que son distintos a los en su momento tenidos en cuenta por la fundamentación jurídica de la resolución administrativa. Y, tercero, la imposibilidad de tomar en consideración meros antecedentes policiales, sin que conste su recorrido ni consecuencias, como circunstancias agravantes que justifican la proporcionalidad de la sanción de expulsión.
- La Sala Segunda del Tribunal Constitucional español, ha estimado por unanimidad el recurso de amparo formulado por un teniente contra la sentencia de la Sala de lo Militar del Tribunal Supremo que anuló el fallo de primera instancia que lo absolvió de los delitos contra el patrimonio tipificados en el Código Penal militar por falta de pruebas suficientes. El recurso de amparo denuncia la vulneración del derecho a la tutela judicial efectiva ( 24 CE). por (i) la falta de motivación de la sentencia de casación; (ii) la no concurrencia de un supuesto que permita revocar la absolución, ya que la sentencia de instancia no obedece a una valoración de la prueba inmotivada o irrazonable y la sentencia del Tribunal Supremo se funda en su valoración alternativa de la prueba practicada –incluida la testifical– a partir de la cual se fijan nuevos hechos, con lo que, además, se establece una presunción de culpabilidad y se obvia que el derecho a la presunción de inocencia no permite una revisión con base en una discrepancia con la valoración de la prueba; (iii) y la inexistencia en todo caso de razones para repetir el juicio, en el que no se ha vulnerado derecho alguno. El Tribunal Constitucional estima el amparo en aplicación de la doctrina vertida en la STC 72/2024, sobre el alcance y los límites de la revocación de sentencias penales absolutorias basadas en la apreciación de duda razonable. Entiende así que se ha revocado la sentencia absolutoria (i) sin sujetarse al objeto de la controversia suscitada en casación y desconociendo la motivación ofrecida por el tribunal de instancia para absolver, así como (ii) rebasando las posibilidades de revisión fáctica de un fallo absolutorio. Concluye que, en tal medida y conforme sentó la STC 72/2024, se han vulnerado los derechos a la tutela judicial efectiva y a la presunción de inocencia del demandante (art. 24.1 y 2 CE), lo que tiene como efecto la anulación de las resoluciones dictadas en casación y la declaración de firmeza de la sentencia de primera instancia que acordó la absolución del demandante.
- La Corte Constitucional colombiana estableció que los Planes Adicionales de Salud deben atender criterios constitucionales, en atención a la naturaleza de derecho fundamental y servicio público de la salud. Así lo señaló la Corte al resolver dos acciones de tutela en las que se cuestionó la negativa de entidades administradoras de estos planes a autorizar tratamientos médicos esenciales. No obstante, la Sala precisó que, aunque estos planes se desarrollan mediante relaciones contractuales regidas por el derecho civil y comercial —bajo el principio de que el contrato es ley para las partes—, también tienen una dimensión constitucional. Ello se debe a que la salud es un servicio público esencial y un derecho fundamental, lo que impone límites claros a la autonomía contractual de las empresas prestadoras. La Corte también enfatizó que solo pueden considerarse excluidas aquellas preexistencias que estén previa, expresa y taxativamente señaladas en el contrato o sus anexos, y que las exclusiones generales, imprecisas o ambiguas no son oponibles al usuario.
- La Corte Constitucional ecuatoriana declaró la constitucionalidad del EE dispuesto mediante el Decreto Ejecutivo 202, de 4 de noviembre de 2025, por la causal de grave conmoción interna en las provincias de Manabí, Guayas, Santa Elena, Los Ríos y El Oro. No obstante, excluyó de la declaratoria a los cantones La Maná (en la provincia de Cotopaxi), Las Naves y Echeandía (provincia de Bolívar), al no existir una justificación suficiente sobre la real ocurrencia de los hechos que sustenten el EE en dichos límites territoriales. En el control formal del EE, la Corte verificó el cumplimiento de los requisitos constitucionales. En cuanto al control material, constató la configuración de la causal de grave conmoción interna; declaró inconstitucional la frase “y del conflicto armado interno, identificado fácticamente” contenida en el artículo 1 del decreto; y precisó que la verificación realizada no tomó en cuenta hechos anteriores que sirvieron de fundamento para estados de excepción previos.
- El Supremo Tribunal Federal basileño determinó que las normas estatales que subordinan las actividades de la Defensoría Pública al gobernador y establecen criterios más rigurosos de los establecidos por la legislación federal para la promoción de defensores públicos, son inconstitucionales por violar la autonomía de la defensoría pública y por usurpar la competencia privativa de la Unión para legislar sobre esa institución.
- La Corte Suprema de Justicia de Chile hizo lugar al amparo presentado por un ciudadano venezolano y dejó sin efecto una resolución de Migraciones por la que se disponía el abandono del país del extranjero. La Resolución estaba fundada en la Ley N°21.325 sobre Migración y Extranjería. La Corte dejó sin efecto dicha resolución y tuvo en cuenta su arraigo laboral en el país, pues se encontraba trabajando en Chile por más de 7 años, circunstancias que, considera, debió ser tenida en cuenta para disponer la medida impugnada. Finalmente, ordenó que la autoridad migratoria debía reabrir el procedimiento, tener en cuenta los antecedentes acompañados y pronunciarse de acuerdo a derecho.
- La Corte Suprema de Argentina intervendrá en la denuncia de Mercado Libre contra la plataforma china Temu. La empresa asiática fue sancionada por el Ministerio de Economía y ahora la Justicia deberá definir qué tribunal se queda con la causa.
En las noticias
- El Pleno del Tribunal Constitucional español otorga el amparo a un fiscal y anula dos sentencias del Tribunal Supremo que habían revocado su promoción por la fiscal general del Estado a la categoría primera y a fiscal de sala de menores.
- El Tribunal Constitucional español estima un recurso de amparo por la inadmisión a trámite en la Asamblea de Madrid de cinco preguntas formuladas por el Grupo Parlamentario Socialista para su respuesta en el Pleno.
- El Pleno del Tribunal Constitucional español anula las decisiones de la Mesa de la Asamblea de Madrid de inadmitir diversas iniciativas de Más Madrid sobre la contratación durante el Covid-19, el modelo de gestión sanitaria y la conducta del jefe de gabinete de la Presidenta de la Comunidad.
- El Tribunal Constitucional español impide a los jueces ‘salvar’ las sanciones deficientes de la Administración. A juicio del Tribunal Constitucional, la labor de los jueces es revisar la legalidad de las sanciones administrativas, no «corregirlas» o «mejorarlas» para evitar su anulación.
- Las dificultades para acceder a una casa en Portugal, el país con la vivienda más sobrevalorada de la UE: “No consigo vivir sola”. El turismo ha devorado buena parte de la oferta que antes se destinaba a alquileres de larga duración. En algunas zonas históricas de Lisboa, los pisos turísticos ocupan el 66% de las viviendas.
- Los cambios en la relación entre Europa y Estados Unidos son «estructurales, no temporales», ha afirmado la Alta Representante Kaja Kallas, al tiempo que advertía de los peligros de externalizar la seguridad.
- Gobierno de Colombia declaró el Estado de Emergencia Económica y Social en todo el territorio nacional. Por su parte, la Corte Constitucional inició su revisión constitucional en virtud de las facultades de revisión oficiosa de los decretos que decretan estados de excepción. Al expediente del control de constitucionalidad del decreto de emergencia económica que cursa en la Corte Constitucional comenzaron a incorporarse los conceptos económicos y jurídicos.
- Dos madres ecuatorianas solicitaron ante la Corte Constitucional de ese país, la inscripción en el registro civil de su hija con los apellidos de ambas. El 30 de enero se prevé instalar una audiencia reservada para escuchar a una pareja homoparental que demandó al Registro Civil.
- En Brasil, se discute sobre la expedición de un código de ética en el Supremo Tribunal Federal. Argumentos por el sí, y el
- Sur Finanzas: la Justicia detectó un plan sistemático para borrar pruebas en la causa de la financiera ligada a la Asociación de Futbol Argentina. Chats internos revelaron órdenes para formatear computadoras y eliminar registros de cámaras antes de los allanamientos a la financiera de Ariel Vallejo.
- Caso Julia Chuñil: fiscal confirma que georradar detectó anomalías en el radier de la vivienda. La fiscal a cargo del caso explicó por qué los operativos se enfocan en un radier construido al interior de una bodega. (Chile)
- Kast anuncia su gabinete y designa a dos exabogados de Pinochet para Defensa y Justicia.
- El presidente electo de Chile, el ultraderechista José Antonio Kast, presentó este martes a los 24 ministros que le acompañarán a partir del próximo 11 de marzo para “recuperar y reconstruir” el país, entre los que se encuentran dos exabogados del dictador Augusto Pinochet (1973-1990).
Nuevas contribuciones académicas
- Milton Cesar Jiménez (editor), El desafío de la democracia constitucional, editorial Tirant lo Blanch, 2025.
- Mariela Méndez Cuellar, La defensa de la Constitución y de los derechos fundamentales en Colombia, Perú, Ecuador y Bolivia, Tirant lo Blanch, 2025.
- Octavio Salazar Benítez, La masculinidad como dispositivo de poder, Casa del libro, 2025.
- La Revista de Estudios Políticos, Editada por el CEPC, publica su núm. 210.
- La Revista de las Cortes Generales, editada por las Cortes Generales, publica su núm. 120.
- La Revista de Derecho Político, editada por la UNED, publica su núm. 124.
- Cuadernos Manuel Giménez Abad, editados por la Fundación Manuel Giménez Abad, publica su núm. 30.
- La Revista Estudios de Deusto. Revista de Derecho Público, publicada por la Universidad de Deusto, publica su 73/2.
- La Revista UNIO- EU Law Jornal, editada por la Universidad de Miño, publica su 11 núm. 2.
- La Revista Jurídica, editada por Instituto de Investigaciones Jurídicas y Sociales Ambrosio L. Gioja, publica su edición núm. 35.
- La Revista Chilena de Derecho y Ciencia Política, editada por la Universidad Católica de Temuco, publica su edición núm. 17.
Convocatorias y anuncios
Conferencias, seminarios y jornadas
- El miércoles 4 de febrero, a las 9:30h española, se celebrará la I Jornada de debate «El proyecto de Ley Orgánica de Enjuiciamiento Criminal», organizada por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, en modalidad híbrida online y presencial, se requiere inscripción previa.
- El miércoles 4 de febrero, a las 17:00 h española, tendrá lugar la Jornada: «La Constitución portuguesa de 1976 en perspectiva histórica», organizada por la Fundación Manuel Giménez Abad, en modalidad híbrida. Se requiere inscripción para asistencia presencial.
- El viernes 6, a las 11:00h portuguesa, dará comienzo la Conferencia Protección de los Derechos Humanos en las Cadenas de Suministro Globales, impartida por Giesela Rühl (Universidad Humboldt de Berlín), organizada por la Universidad de Coímbra en formato presencial.
- El martes 10, a las 9:30 h española, se celebrará la Jornada debate «Un año de Donald Trump. Continuidad, ruptura y desafíos para el orden liberal global«, organizada por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, en modalidad híbrida online y presencial, se requiere inscripción previa.
- El miércoles 18, a las 17,00 h española, tendrá lugar la Jornada: «Crisis en la Unión Europea: ¿más o menos integración?», organizada por la Fundación Manuel Giménez Abad, en modalidad híbrida. Se requiere inscripción para asistencia presencial.
- Los días viernes 27 y sábado 28, en jornada de mañana y tarde, dará lugar la Conferencia Internacional sobre los Derechos del Niño en la Era Digital, organizada por la Universidad de Coímbra, en formato presencial.
Convocatorias
- La Fundación Manuel Giménez Abad ha convocado el XXIII Premio «Manuel Giménez Abad» para trabajos de investigación sobre democracia y descentralización política y territorial. Fin de plazo de presentación de los trabajos: 9 de marzo de 2026.
- Convocado el VIII Premio de la Revista Teoría y Realidad Constitucional y la Fundación Manuel Giménez Abad para artículos científicos de constitucionalistas jóvenes «Óscar Alzaga Villaamil», (hasta 35 años). El plazo de presentación de trabajos está abierto hasta el 15 de febrero.
- Hasta el 15 de febrero se encuentra abierto el plazo para el envío de comunicaciones a la conferencia anual de ICONS, que se desarrollará en Dublín – Irlanda del 29 de junio al 1 de julio.
- Se encuentra abierto el plazo para el envío de contribuciones al Anuario de Derechos Humanos del Centro de Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile. Dossier: 20 Años del Caso Almonacid Arellano: Estudios Sobre Control de Convencionalidad. Recepción de artículos hasta el 30 de marzo de 2026.
- La Universitat Oberta de Catalunya (UOC), en el marco del programa “COFUND”, abre convocatoria para becas doctorales.
- ICONS Colombia abre el plazo para la recepción de artículos al libro colectivo “El derecho en la pintura de Fernando Botero”. Se pueden enviar contribuciones hasta el 3 de marzo de 2026.
- La Revista de Estudios de la Justicia, editada por la Universidad de Chile, invita a presentar artículos y comentarios de resoluciones judiciales para su edición 2026. Cierre de la convocatoria: 10 de septiembre de 2026.
Blogs y asuntos de interés
- Ana Carmona Contreras, La insoportable levedad del Parlamento, El Mundo (España).
- Gabriel Moreno González, ¿Qué presidente para Portugal?, Blog CEPC (España).
- Rafael Bustos Gisbert, Actualización de la checklist de Estado de Derecho. Crónica de la 145ª Sesión Plenaria (12-13 de diciembre de 2025) de la Comisión de Venecia, Blog CEPC (España).
- Jamily Maiara Menegatti Oliveira, Algorithmic moderation, shadow banning and systemic risks for media in the European Union: reflections from the first report under Article 35(2) of the Digital Services Act, Blog UNIO (Portugal).
- Sami Naïr, Ante la extrema derecha europea, la izquierda a la defensiva, El País (Portugal).
- Claudia Elena Serje Jiménez, El bienestar de los jueces como garantía de la justicia social, Ámbito Jurídico (Colombia).
- Gabriel Ricardo García Martínez, Audiencia inicial: una promesa incumplida, Ámbito Jurídico (Colombia).
- Georges Abboud, Derecho al trabajo post moderno, Conjur (Brasil).
- Marcelo A. Sansinetti, “Tragedias periodísticas y judiciales” en el enjuiciamiento del “estrago en la estación Once”, Palabras de Derecho (Argentina).
- Roberto Gargarella, El constitucionalismo como «Traje Chico», Semianrio Gargarella (Argentina).
- Vicente Bustos Sánchez, El derecho administrativo ante el Tribunal Constitucional: Una breve revisión de la jurisprudencia de 2025, Blog de la Asociación de Derecho Administrativo de Chile (Chile).