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¿Qué está pasando en las cortes y tribunales constitucionales?

  1. El Pleno del Tribunal Constitucional español, declara inconstitucional diversos artículos del Decreto-Ley 5/2024 del Gobierno de las Illes Balears, aprobado para revertir un «error humano» en la votación del Parlamento balear. El Tribunal Constitucional concluye que los motivos aducidos por el Gobierno balear no pueden considerarse una situación de extraordinaria y urgente necesidad en el sentido establecido en el art. 86 de la Constitución española. En primer lugar, rechaza que pueda identificarse con esta situación lo que, de forma abierta y declarada, constituye el desacuerdo del Gobierno con el resultado de una votación parlamentaria en un procedimiento legislativo. Aceptar la tesis contraria equivaldría prácticamente a desnaturalizar la función constitucional de la potestad normativa de urgencia del ejecutivo, legitimando su utilización como si de un mecanismo gubernamental para enmendar la actuación legislativa del Parlamento autonómico se tratase. En segundo lugar, explica que, de haberse producido un error en el procedimiento de votación, es al Parlamento al que correspondería arbitrar los mecanismos para su resolución, por ejemplo, acudiendo al procedimiento legislativo de urgencia o de lectura única. Por el contrario, el Gobierno autonómico carece de la potestad para decidir, unilateralmente y tan solo dos días después de su aprobación, si una Ley emanada del Parlamento es verdaderamente representativa de la voluntad de la Cámara.  En tercer lugar, tampoco se considera admisible la justificación referida a la seguridad jurídica. La sentencia estima que el Gobierno autonómico parte de una concepción errada del principio de seguridad jurídica (art. 9.3 CE), pues las disposiciones de la Ley 7/2024 que el Decreto-ley derogó eran ciertas y previsibles y el hecho de afectar potencialmente a un número elevado de ciudadanos no perjudica per se la seguridad jurídica de la norma. Por todo ello, la sentencia estima el recurso de inconstitucionalidad y anula los preceptos impugnados por no haber concurrido el presupuesto que habilita al ejecutivo a aprobar decretos-leyes, consistente en la existencia de una situación de extraordinaria y urgente necesidad (art. 86 CE en relación con el art. 49.1 Estatuto de Autonomía de las Illes Balears).

 

  1. El Pleno del Tribunal Constitucional español, ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad promovido por el Presidente del suspende varios preceptos de la Ley 3/2025 de protección y ordenación de la costa valenciana. Recurso promovido en relación con el artículo 17 y la disposición final primera, en ambos casos únicamente en lo que se refiere a los conjuntos de edificaciones residenciales, comerciales o vinculados a actividades económicas tradicionales objeto de la norma impugnada en cuanto incumpla la normativa estatal en materia de costas, y la disposición adicional cuarta de la Ley 3/2025, de 22 de mayo, de protección y ordenación de la costa valenciana. El Tribunal, tras haber invocado el Gobierno el artículo 161.2 de la Constitución española, ha suspendido la vigencia y aplicación de los citados artículos y disposiciones desde la fecha de interposición del recurso (26 de febrero de 2026) para las partes del proceso y desde el día en que aparezca publicada la suspensión en el Boletín Oficial del Estado para los terceros. En la demanda, el Gobierno sostiene que los preceptos impugnados podrían vulnerar la normativa básica estatal, en particular, los artículos 132, 149.1.1ª y 149.1.23ª CE, así como lo dispuesto en la disposición adicional undécima de la Ley 21/1988, de 28 de julio, de Costas. También alega que serían contrarios a los principios constitucionales de separación de poderes, de reserva de jurisdicción e interdicción de la arbitrariedad de los poderes públicos (art 9.3 CE).

 

  1. El pleno del Tribunal Constitucional español, ha admitido a trámite el recurso de inconstitucionalidad promovido contra la Reforma del Reglamento del Senado. En esta se modifican diversos artículos del Reglamento del Senado, en lo que afecta a los preceptos 107.3, 108.6, 116.3, 122, 126 ter 1, 129.5, 143.2 y 143.5, aprobada el 5 de noviembre de 2025. Los demandantes sostienen que los artículos que establecen la previsión reglamentaria de que las leyes puedan ser aprobadas por las Comisiones del Senado sin mediar la previa delegación del Pleno para ello, podrían ser contrarios a los artículos 75.2 de la Constitución española y 130.1 del Reglamento del Senado. En el recurso de inconstitucionalidad también alegan la posible vulneración de los artículos 90.2 y 9.3 de la Constitución por la previsión reglamentaria que equipara el rechazo de los textos legislativos por el Senado a la aprobación de una propuesta de veto a los efectos del art. 90.2 CE. Asimismo, consideran que el nuevo supuesto de conflicto de atribuciones frente al Congreso sería contrario a los artículos 66.2, 72.1 y 116.1.d) CE, así como al artículo 73 de la Ley Orgánica 2/1979, de 3 de octubre, del Tribunal Constitucional.

 

  1. El Tribunal Constitucional portugués, se pronuncia sobre la constitucionalidad de una norma civil interpretada en el sentido de admitir la validez de una cláusula testamentaria discriminatoria entre hijos legítimos e ilegítimos, contenida en un testamento anterior a la Constitución de 1976. El Tribunal delimita, en primer lugar, su competencia afirmando que no le corresponde revisar la determinación del derecho infraconstitucional aplicable (como la elección del régimen del Código de Seabra), sino únicamente controlar la conformidad constitucional de normas o interpretaciones normativas que hayan sido ratio decidendi. A partir de ello, concluye que el objeto del recurso sí tiene naturaleza normativa, al cuestionarse una interpretación conjunta de normas civiles que permite considerar válida una disposición testamentaria basada en la distinción entre hijos legítimos e ilegítimos. En el plano material, el Tribunal sostiene que dicha interpretación debe confrontarse con la Constitución vigente, en particular con el principio de igualdad y la prohibición de discriminación entre hijos. Afirma que la Constitución se impone como parámetro de control incluso respecto de situaciones jurídicas originadas bajo legislación anterior, rechazando que la mera conformidad histórica con el derecho previo excluya el control de constitucionalidad. En consecuencia, la cuestión central es si la admisión actual de ese tipo de cláusulas testamentarias resulta compatible con los principios constitucionales, especialmente el de igualdad.

 

  1. La Corte Suprema de Justicia de la Nación Argentina se pronunció sobre las escalas penales y la sujeción de los jueces a la ley. La Corte consideró arbitraria la sentencia de Casación que anuló una pena y reenvió los autos a otro tribunal para que dicte una pena menor a la establecida en la escala penal. La Corte consideró que la decisión era arbitraria y la descalificó como acto jurisdiccional válido. Sostuvo que los argumentos esgrimidos para justificar la imposición de una pena inferior al mínimo legalmente establecido no autorizaban a soslayar las previsiones del texto legal, en tanto no mediaba una declaración de inconstitucionalidad de la norma ni existía una excepción legal expresamente prevista que habilitara a prescindir del mínimo punitivo fijado por el legislador. Consideró que, por el contrario, tal proceder importaba prescindir de lo expresamente dispuesto por la ley. Recordó que cuando se constata la existencia de una norma jurídica aplicable, los jueces no pueden apartarse de aquella y que esta regla solo puede exceptuarse en el caso de que se compruebe su inconstitucionalidad y sea declarada en el caso concreto.

 

  1. La Corte Suprema de Justicia de Chile se pronunció sobre la aplicación de la legislación vigente de propiedad intelectual. La Corte expresó que no puede desconocerse que autorizar la utilización de las obras, constituye para el titular un derecho de la esencia, al permitir la explotación económica de sus obras, por lo que su consentimiento o autorización transforma la actividad del que las utiliza en normal y lícita; y, por el contrario, la falta de autorización resulta esencialmente perjudicial a los intereses del autor, constituyendo un atentado a sus derechos de explotación económica. Finalmente, entendió que la conducta de la demandada privó a los titulares de derechos de la compensación económica prevista por el legislador, que debe ser solventada por todo aquel que utilice creaciones del ingenio y del talento, a través de cualquier medio de comunicación o difusión.

 

  1. La Corte Constitucional colombiana amparó los derechos fundamentales a la estabilidad laboral relativa y a la salud de una mujer de 67 años con afectaciones de salud derivadas de dos accidentes laborales y que está a cargo del cuidado de su nieta desde la privación de la libertad de su hijo. La mujer fue desvinculada de su cargo con ocasión del ascenso de la persona titular y del nombramiento de una persona con derechos de carrera administrativa. La Corte recordó que el trato preferencial a sujetos de especial protección constitucional que ocupan cargos en provisionalidad busca armonizar la carrera administrativa basada en el mérito, los derechos de los funcionarios que acceden al empleo público por esta vía y la especial protección de personas en situación de vulnerabilidad. En este sentido, personas cabeza de hogar; aquellas próximas a pensionarse o quienes están en una situación de discapacidad o de debilidad manifiesta por causa de una enfermedad deben ser las últimas en ser removidas de sus cargos. Adicionalmente, cuando sea posible, deben vincularse de manera provisional a cargos vacantes de igual o mayor jerarquía.

 

  1. El Supremo Tribunal Federal de Brasil declaró la constitucionalidad de la ley que clasificó la visión monocular como deficiencia sensorial de tipo visual. En ese sentido, señaló que no se amplió indebidamente el concepto de “deficiencia” y no se generó un trato desigual. El Tribunal recordó que la Convención Sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad consagra un concepto amplio y evolutivo que no solo se fundamenta en limitaciones biológicas; sino que incluye también las barreras sociales que se imponen a las personas.

 

  1. La Corte Constitucional del Ecuador se pronunció en el marco de una acción de protección promovida por un extrabajador de una entidad pública. En la acción se impugnó la terminación de su nombramiento de libre remoción, a pesar de que informó a la entidad que es sustituto de una persona con discapacidad. La Corte señaló que la Sala sí analizó los derechos alegados, explicó el carácter excepcional de los cargos de libre nombramiento y remoción, y evaluó la situación económica del accionante y la pensión jubilar de su padre. Además, precisó que, aunque las personas sustitutas de personas con discapacidad tienen derecho a atención prioritaria, ello no implica que no puedan ser removidas de cargos de libre nombramiento y remoción, cuando la terminación se ajusta a la ley y a la naturaleza del cargo.

 

  1. La Corte Suprema de Justicia de la Nación de México fallo a favor de la protección del patrimonio cultural del Pueblo Maya frente al uso comercial de elementos culturales por parte de terceros con fines de lucro. El Máximo Tribunal destacó que, conforme a la reforma al artículo 2° de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos en 2024 y la Ley Federal de Protección del Patrimonio Cultural de los Pueblos y Comunidades Indígenas y Afromexicanos, el patrimonio cultural material e inmaterial pertenece colectivamente a los pueblos y comunidades indígenas, por lo que su protección es un asunto de orden público e interés social. En ese sentido, el Tribunal subrayó que el Estado tiene la obligación de garantizar el resguardo de dicho patrimonio frente a cualquier uso indebido o no autorizado.

 

  1. La Corte Suprema de Justicia de la Nación de México validó la reforma de la Ley Minera y la creación del régimen que establece la exclusividad del Estado en la exploración y explotación del litio, así como la prohibición de otorgar concesiones a particulares. El Tribunal determinó que, en este caso, no era exigible la realización de una consulta previa a pueblos y comunidades indígenas y afromexicanas, al considerar que la reforma no generó una afectación directa y diferenciada en sus derechos humanos. La Corte explicó que la modificación impugnada constituye un cambio general en el régimen jurídico del litio, sin incidir de manera específica en dichos grupos.

 

  1. El Tribunal Constitucional del Perú fallo a favor en contra de un Tribunal Laboral por falta de argumentación suficiente de las sentencias, arbitrariedad y discriminación tras una demanda de una particular contra dicha institución. En un caso cuyos hechos se originan en una sentencia laboral por despido, la Sala Segunda del TC de Perú, entendió que asistía razón a la demandante por haberse violado su derecho fundamental a la motivación de las resoluciones judiciales. El Máximo Tribunal además ordenó la nulidad de la sentencia laboral impugnada en la demanda y ordenó la emisión de un nuevo pronunciamiento.

 

 

En las noticias

  1. El Congreso de los Diputados de España aprueba la proposición de reforma constitucional para que Formentera elija un senador y la envía al Senado.

 

  1. El Pleno del Tribunal Constitucional español admite a trámite el recurso de inconstitucionalidad en relación con una disposición del Real Decreto-Ley 15/2025 sobre el régimen del personal funcionario de administración local con habilitación de carácter nacional en Cataluña. Alegan que el precepto podría ser contrario a los artículos 149.1.18, 150.2 y 9.3 CE, por infringir el orden constitucional de distribución de competencias, los mecanismos de cesión o transferencia competencial y el principio de proscripción de la arbitrariedad de los poderes públicos. Finalmente consideran que la disposición sería contraria al artículo 23.2 CE sobre el derecho a la igualdad en el acceso a cargos públicos.

 

  1. El Tribunal Supremo español fija como regla general que la denegación injustificada de la suspensión de una vista por enfermedad acreditada del abogado provoca la nulidad de la misma. La sentencia cuenta con un voto particular.

 

  1. Aprobada la Ley Orgánica en materia de multirreincidencia, por la que se modifica la Ley Orgánica 10/1995 del Código Penal y la Ley de Enjuiciamiento Criminal españolas.

 

  1. Sesión solemne en la Asamblea de la República de Portugal en la que se conmemoró el 50 aniversario de la Constitución de Portugal.

 

  1. El Ministerio del Trabajo de Colombia ordenó medidas a un canal de televisión ante denuncias de presuntos casos de acoso sexual sistemáticos por parte de dos presentadores del canal, en contra de diferentes periodistas. De acuerdo con el comunicado oficial, la actuación administrativa permitió evidenciar una brecha entre los protocolos formales de la empresa y su aplicación efectiva.

 

  1. Asamblea Nacional del Ecuador admite iniciativa legislativa popular para regular el uso del cannabis. La iniciativa se remitirá al CNE para que verifique las firmas del 0,25 % de las personas inscritas en el registro electoral.

 

  1. El Supremo Tribunal de Brasil condenó a 14 años de prisión al empresario que donó dinero para el pago de un autobús que llevó a manifestantes a los edificios gubernamentales de Brasilia; hechos que desembocaron en un intento de golpe de Estado y que mantienen en prisión al ex presidente de ese país, Jair Bolsonaro.

 

  1. Estrategia legislativa: el oficialismo consolida su poder en Diputados y se queda con comisiones clave. Mientras las cámaras del Congreso (Argentina) terminan de conformar sus últimas comisiones —el ámbito por el que transitan las discusiones parlamentarias—, las miradas se concentran en la Cámara de Diputados, que avanza hacia el cierre del mapa legislativo que ordenará el tratamiento de los proyectos durante el año.

 

  1. Causa $LIBRA: para la querella, Adorni tuvo un rol clave como “legitimador” de los estafadores. En el escrito presentado por el querellante Martín Romeo, el jefe de gabinete argentino figura como partícipe de la asociación ilícita detrás del fraude. Prestó su imagen para el Tech Forum, que resultó “fundacional” en el “lavado de prestigio” que necesitaban Novelli y Davis para engañar a los inversores. El pedido está en manos del fiscal Taiano y se agrega a la lista de problemas judiciales del exvocero.

 

  1. El exguerrillero chileno Galvarino Apablaza se considera refugiado político y no se entregará. “Apablaza fue víctima de torturas tanto durante la dictadura de Augusto Pinochet como en los años posteriores”, dijo el letrado, por lo que justificó la vigencia de su estatus de protección internacional.

 

  1. Gobierno pone urgencia a reforma para endurecer penas a menores involucrados en delitos graves. El gobierno de Chile dio suma urgencia a una reforma a la Ley de Responsabilidad Penal Adolescente, con el objetivo de endurecer las sanciones para involucrados en delitos graves. Lo anterior, tras una solicitud proveniente desde Renovación Nacional (RN).

 

  1. La Cámara de Diputados de México aprobó en general la reforma constitucional en materia electoral propuesta por el Poder Ejecutivo, conocida como “Plan B”.

 

  1. La Unión Europea despliega una misión de 50 observadores para las elecciones presidenciales del Perú el próximo 12 de abril.

 

  1. Elecciones presidenciales del Perú 2026. La Oficina Nacional de Procesos Electorales informó a partir de que horario se cargarán y publicarán los primeros resultados electorales.

 

  1. Gabriela Pacheco Arias asumió como Secretaria de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y designó a Javier Mariezcurrena como Secretario Adjunto. Pacheco Arias fue elegida por la Corte IDH durante su 184 Período Ordinario de Sesiones, celebrado en noviembre de 2025, convirtiéndose en la primera mujer en la historia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en asumir este cargo.

 

Nuevas contribuciones académicas

  1. Mario Kölling y Mª Josefa Rubio Lara, La evolución del Estado. Teorías y conceptos, (UNED, 2026).

 

  1. Andrés de Blas Guerrero, Faustino Fernández-Miranda Alonso, Jesús de Andrés Sanz Y María Sánchez-Roca Ruiz, El sistema político español,(UNED, 2026).

 

  1. Manuel Herrero-Vior, Derecho fundamental a una buena administración y control jurisdiccional de la actuación administrativa tributaria, (BOE, 2026).

 

  1. Diego Furnari, Luces y sombras en los gobiernos locales, (Librería Editora Platense, 2026).

 

  1. César Alejandro Ruiz Jiménez (coord. ), Derecho Tributario y Derechos Humanos. Diálogo en México y el Mundo 2ª ed., (Tirant Lo Blanch, 2026).

 

  1. Juan Carlos Cajigas Lozano, El método del proceso de amparo. Manual Práctico 3ª ed. Actualizada, (Tirant Lo Blanch, 2026).

 

  1. Jorge Luis León Vásquez, Derecho constitucional II (Vol. I y Vol. II), (Editorial Palestra, 2026).

 

  1. La Revista Actualidad Jurídica, editada por la Universidad del Desarrollo, publica su Nº 53.

 

  1. La Revista Gestión y Análisis de Políticas Públicas -GAPP, editada por el INAP, publica su núm. 40.

 

Convocatorias y anuncios

Conferencias, seminarios y jornadas

  1. El lunes 13, a las 10:00h española, dará comienzo la Conferencia inaugural del Módulo VI «El derecho como herramienta para la integración supranacional», organizada por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, en formato híbrido, presencial u online. Es necesaria la inscripción previa.

 

  1. El lunes 13, a las 10:00h colombiana, se llevará a cabo el evento “Sentencias de la Jurisdicción Especial para la Paz”, organizado por la Universidad de los Andes.

 

  1. El lunes 13, a las 16:00h CMx; dará comienzo la Presentación de Informes: “Contra el Imperio de los más ricos y Oligarquía o democracia”, organizada por el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Autónoma de México.

 

  1. El martes 14, a las 17:00h española, tendrá lugar la Presentación del Informe sobre la Justicia Administrativa 2025, organizada por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales y el CIJA UAM, en formato híbrido, presencial u online. Es necesaria la inscripción previa.

 

  1. El miércoles 15, a las 16:00h CMx; se llevará a cabo el Seminario Internacional: “Nuevas aproximaciones a la medición democrática en América Latina”, organizado por el Instituto de Investigaciones Jurídicas de la Universidad Autónoma de México.

 

  1. El jueves 16, a las 12:00h española, se celebrará el Seminario García-Pelayo Trabajos de investigación «Natural Disasters, Populist attitudes and Political Accountability in Low-Trust Democracies», organizado por el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, en formato híbrido, presencial u online. Es necesaria la inscripción previa.

 

  1. El jueves 16, a las 11:30h peruana, se llevará a cabo la Conferencia “Precedentes constitucionales y seguridad jurídica”, organizada por el Centro de Estudios Constitucionales del Tribunal Constitucional de Perú.

 

  1. El viernes 17, a las 11:30h peruana, tendrá lugar la Conferencia Internacional: “Moderación de contenidos en las redes sociales y los estándares del Sistema Interamericano de Derechos Humanos”, organizada por el Centro de Estudios Constitucionales del Tribunal Constitucional de Perú.

 

  1. El viernes 17, a las 16:00 h española, dará comienzo el Congreso Neuroderechos y garantías jurídicas de la mente. Desafíos constitucionales y bioéticos, organizado por la Universidad de la Coruña en formato híbrido.

 

  1. El lunes 20, a las 14:30h argentina, tendrá lugar la Jornada La doctrina del control de convencionalidad. A veinte años de su creación organizada por la Facultad de Derecho UBA.

 

  1. El jueves 26, a las 17:30h argentina, tendrá lugar la Jornada Diálogos con Manuel Atienza organizada por el Instituto Gioja y la Facultad de Derecho UBA.

 

  1. Los días 16 y 17 de abril de 2026 se llevarán a cabo las XI Jornadas Nacionales de Derecho Internacional Privado, organizadas por la Universidad Católica de Temuco.

 Convocatorias

  1. Premio «Clara Campoamor» para las tesis doctorales en Humanidades, Ciencias Jurídicas o Ciencias Sociales que versen sobre aspectos relacionados con la igualdad 23/04/2026.
  2. Premio «Eduardo García de Enterría» para tesis doctorales en Derecho Administrativo – Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (CEPC) 23/04/2026
  3. Premio «Juan Linz» para tesis doctorales en Ciencia Política – Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (CEPC) 23/04/2026
  4. Premio «Luis Díez del Corral» para tesis doctorales en Historia de las Ideas y de las Formas Políticas, Teoría Política Normativa y Filosofía Política – Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (CEPC) 23/04/2026
  5. Premio «Nicolás Pérez-Serrano» para las tesis doctorales en Derecho Constitucional 23/04/2026.
  6. Premio Ángel Olavarría Téllez de Investigación Jurídica, edición XV, Real Academia Sevillana de Legislación y Jurisprudencia, 31/05/2026.
  1. Llamamiento a los doctores que hayan defendido sus tesis doctorales en España en 2025 a presentar contribuciones para el número 7 de la Revista Nuevos Horizontes del Derecho Constitucional (NHDC). Fecha límite para las contribuciones: 30 de junio de 2026. Envío de las contribuciones y más información: daniel.fernandez@udl.cat ; pgv@unziar.es 
  1. Se encuentran abiertas las inscripciones para presentar ponencias individuales y mesas de trabajo para el IV Seminario Regional ICONS Colombia: “Constitucionalismo e Interculturalidad en el Caribe Colombiano”, que se realizará en la Universidad del Magdalena, el día 15 de mayo.

 

  1. CLACSO internacional y la Universidad del Norte de Barranquilla otorgan 35 becas para estudiantes de Latinoamérica y el caribe para participar en la próxima escuela de verano “Transformación Social: agendas y desafíos para América Latina y el Caribe”, que se llevará a cabo los días 14, 15 y 16 de julio. Las inscripciones están abiertas hasta el 13 de abril.

 

  1. El Global Centre for Democratic Constitutionalism de la Facultad de Derecho de University College London (UCL) invita a presentar propuestas para el workshop internacional titulado “Constitutional Recovery: The Problem of Authoritarian Holdover Appointments”, que se celebrará en Londres los días 25 y 26 de junio de 2026. El encuentro se centra en analizar el papel de los nombramientos heredados de regímenes autoritarios —es decir, funcionarios designados durante períodos de erosión democrática que permanecen en sus cargos tras una transición— y los desafíos que estos generan para los procesos de recuperación constitucional.
  2. La Universidad de Brasilia (Brasil) abre convocatorias para su programa intensivo de tres semanas, impartido en inglés, enfocado en derecho brasileño. El curso incluye una pasantía en la Corte Suprema de Brasil (STF), donde los participantes podrán observar audiencias reales y colaborar en investigaciones junto a profesionales de la Corte. El programa es gratuito, los participantes solo deben cubrir sus gastos de viaje y estadía.
  3. El Centro de Estudios Políticos y Constitucionales (CEPC) abre convocatoria para los Premios Clara Campoamor, Eduardo García de Enterría, Juan Linz, Luis Díez del Corral y Nicolás Pérez Serrano para tesis doctorales. El plazo de presentación de solicitudes comienza el 23 de marzo y concluye el 23 de abril de 2026 incluido.

  

Blogs y asuntos de interés

  1. Gabriel Doménech Pascual, La eficacia temporal de los decretos-leyes no convalidados. El caso de la prórroga extraordinaria prevista en el Real Decreto-ley 8/2026, Blog Hay Derecho (España).

 

  1. Javier Tajadura Tejada, Sobre “Carlo Schmid. Padre de la Ley Fundamental de Bonn. Profesor, político socialdemócrata, escritor”, Blog CEPC (España).

 

  1. Tania Groppi, El rechazo de la reforma constitucional sobre la magistratura en italia: análisis del referéndum de marzo de 2026, Blog EUCODEM (España).

 

  1. Eduardo Turrent Mena, Regular la inteligencia artificial en tiempos de guerra fría, Letras Libres (España).

 

  1. Gonçalo Martins de Matos, Glimpsing the tunnel exit: the justiciability of Article 2 TEU and the future of the European Union, Blog UNIO (Portugal)

 

  1. José Ignacio López, El arduo camino de la justicia, Palabras de Derecho (Argentina).

 

  1. Roberto Gargarella, El «Consenso del Nunca Más»: Tres etapas de un debate inacabado, Seminario Gargarella (Argentina).

 

  1. Cristian Montero Cartes y Vicente Aliaga Medina, Contraloría General, Corte Suprema y licencias médicas: la omisión del análisis de la proporcionalidad como incumplimiento de una obligación legal, DOE (Chile).

 

  1. Priscilla Brevis Cartes, Democracia como un derecho humano: debates en torno a la Opinión Consultiva (OC-33) presentada a la Corte Interamericana de Derechos Humanos, DOE (Chile).
  2. Hugo Coelho, Inteligencia artificial y automatización decisoria en los procesos administrativos, Conjur (Brasil).

 

  1. Fabio Pulido Ortiz, La democracia no es un derecho humano, Ámbito Jurídico (Colombia).

 

  1. Sara Yara Rodríguez, Línea Negra y potestad reglamentaria: el alcance de la nulidad del decreto 1500 de 2018, Ámbito Jurídico (Colombia).

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